Días no laborables de la ANAM en vacaciones de verano

Considera el primer periodo general de vacaciones de 2025 de la Agencia Nacional de Aduanas de México, aquí los detalles
La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) —órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)— suspenderá labores durante el periodo comprendido del 21 de julio al 1o. de agosto de 2025, esto como primer periodo general de vacaciones de este año en curso; así lo dio a conocer a través de un acuerdo administrativo.
Durante este periodo no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas de la ANAM.
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No obstante, habrá personal que cubra guardias, y será el necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades conferidas a la ANAM y el despacho aduanero.
Lo anterior se dio a conocer en el “Acuerdo por el que se da a conocer el primer periodo vacacional 2025 para la Agencia Nacional de Aduanas de México”, en el Diario Oficial de la Federación del 17 de julio de 2025.
Este acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el DOF.
Es de recordar que la ANAM tiene a su cargo, de manera exclusiva, la dirección, organización y funcionamiento de los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.