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La tercera reunión del Consejo Laboral del T-MEC se celebrará en diciembre y retomará compromisos laborales trilaterales discutidos en encuentros previos en 2021 y 2023
La tercera reunión del Consejo
Laboral del T-MEC se llevará a cabo en un contexto en el que México, Estados
Unidos y Canadá buscan reforzar la cooperación laboral prevista en el Capítulo
23, así como revisar avances alcanzados desde las reuniones anteriores, atender
inquietudes públicas y evaluar la operación de los compromisos en materia de
libertad sindical, trabajo forzoso y mecanismos de cumplimiento.
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¿Cuándo se llevará a cabo la
tercera reunión y quiénes pueden asistir?
El encuentro será los días 9 y
10 de diciembre de 2025 en Ottawa, Canadá, conformado por dos modalidades. La
primera será una sesión privada presencial, donde participarán las dependencias
gubernamentales responsables del ámbito laboral y comercial de cada país. Esta
parte del encuentro se centrará en revisar la cooperación técnica, los avances
en mecanismos de supervisión y la coordinación institucional establecida en
reuniones previas del Consejo.
La segunda modalidad será una sesión
pública virtual abierta a distintos sectores sociales. Podrán participar
organizaciones sindicales, empleadores, especialistas laborales, instituciones
académicas, organizaciones civiles y cualquier persona interesada en el
cumplimiento del capítulo laboral del tratado. Para ello se habilitó un
registro disponible del 28 de noviembre al 7 de diciembre de 2025, mediante el
cual los asistentes podrán remitir preguntas, observaciones o comentarios
relacionados con la aplicación de las obligaciones laborales del T-MEC.
Dicha participación pública
forma parte de los principios de transparencia que el propio Consejo se
comprometió a fortalecer desde su creación.
La sesión pública tiene como
propósito dar espacio a una deliberación abierta en donde los tres países
puedan escuchar inquietudes concretas sobre temas como derechos colectivos,
condiciones laborales, democracia sindical y mecanismos de queja. Este formato
también permite que trabajadores y empleadores tengan una vía directa para
exponer situaciones que consideren relevantes para la supervisión laboral en el
marco del tratado.
¿Qué se trató en la segunda y
primera reunión del Consejo Laboral?
La primera reunión fue
realizada el 29 de junio de 2021 de manera virtual, el cual marcó el inicio de
los trabajos formales del Consejo. En esa ocasión, México, Estados Unidos y
Canadá abordaron puntos centrales como la erradicación del trabajo infantil, la
eliminación del trabajo forzoso, la protección de trabajadores migrantes, la
promoción de la democracia sindical y la revisión del mecanismo laboral de
respuesta rápida.
Los tres gobiernos reiteraron
su obligación de cumplir con los estándares laborales del tratado, incluyendo
la libertad sindical, la negociación colectiva y la prohibición del ingreso de
bienes producidos mediante prácticas laborales abusivas. También se acordó
establecer canales formales para que trabajadores y empleadores presenten
quejas relacionadas con violaciones al capítulo laboral.
Por su parte, la segunda
reunión se llevó a cabo los días 28 y 29 de junio de 2023 en México, los
gobiernos revisaron nuevamente la implementación del Capítulo 23. En la sesión
privada se discutieron temas como la violencia y discriminación en centros de
trabajo, la cooperación técnica internacional, la supervisión de casos
relevantes y el fortalecimiento de los mecanismos institucionales.
En aquella reunión, los tres
países reafirmaron su compromiso de garantizar que los bienes comercializados
cumplan con los estándares laborales previstos en el tratado. Además, se acordó
iniciar un diálogo trilateral dirigido a combatir la importación de bienes
elaborados con trabajo forzoso, mediante el intercambio de buenas prácticas y
estrategias de aplicación.
Asimismo, la reunión incluyó
una sesión pública por videoconferencia donde trabajadores, empleadores y
organizaciones civiles pudieron expresar inquietudes y plantear preocupaciones
relacionadas con la supervisión laboral del T-MEC.
Para esta tercera reunión aún
no se comparte cuáles serán los temas centrales de análisis. Sin embargo, cobra
relevancia esta reunión ya que de acuerdo al artículo 23.14, fracción 5, se
establece que durante el quinto año después de entrar en vigor el tratado o salvo
que las partes decidan algo diferente, el Consejo Laboral revisará el funcionamiento
y efectividad de dicho Capítulo, con el que podrán llevar a cabo revisiones
subsecuentes si así lo deciden.