El tratamiento de los datos personales de los trabajadores es un tema que en varias ocasiones es omitido por las empresas y que su falta de cumplimiento acarrea sanciones para los patrones.
Es fundamental para las empresas contar con un aviso de privacidad en el que se le precise al candidato a contratación el uso que se le dará a los datos que proporcionó, indicó la Dra. Isabel Davara F. de Marcos durante el segundo Foro IDC.
“Es obligatorio poner a disposición el aviso de privacidad a través de la solicitud física en la que se recaban los datos, así como tenerlo exhibido en un lugar visible en las oficinas de Recursos Humanos”, precisó.
Además sugirió a las empresas contar con tres principios básicos para la licitud de los datos obtenidos.
Proporcionalidad.- Solo tratar los datos adecuados o necesarios para la finalidad que justifica el tratamiento
Minimización.- Tratar la mínima cantidad de información necesaria para conseguir la finalidad perseguida
Calidad.- Tratar datos exactos, completos, pertinentes, correctos y actualizarlos.
"En caso de que no se contrate al candidato se deberán cancelar y suprimir sus datos personales, salvo que se informe dicha circunstancia en el aviso de privacidad y el candidato haya autorizado que se conserven sus datos", enfatizó la socia del despacho Davara Abogados S.C.