Sancionan a escuela por no respetar "Aviso de privacidad"

Los datos personales solo pueden ser tratados para el propósito que menciona el aviso de privacidad

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 .  (Foto: iStock)

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) impuso a una institución educativa una multa de 580,000 pesos por no respetar el principio de finalidad respecto al uso de datos personales.

LINEAMIENTOS DE PORTABILIDAD DE DATOS PERSONALES

En un comunicado, el organismo detalló que se recibió una denuncia de un particular que proporcionó datos personales (nombre completo, edad, número telefónico, correo electrónico) a una institución educativa y posteriormente comenzó a recibir mensajería instantánea de la persona que había recabado su información, con fines ajenos a lo escolar.

Ante ello, el organismo sostuvo que la información privada recabada para un propósito específico no puede ser utilizada con otros fines, pues de lo contrario se violaría el principio de finalidad establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

“Los datos personales solo pueden ser tratados para el propósito que menciona el aviso de privacidad y, en caso de que pretenda dar un uso distinto, se deberá obtener nuevamente el consentimiento de los titulares”, explicó el organismo.