Se publicó en el DOF de este 19 de septiembre de 2018, la convocatoria para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Fue emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) con fundamento en los artículos 4o, fracciones X, X Bis, XXXVI y XXXVIII; 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como 1o. y 7, primer párrafo de las disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
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Está dirigida a:
- oficiales de cumplimiento, auditores externos independientes, auditores internos y demás profesionales que presten sus servicios en las entidades financieras y demás personas sujetas a la supervisión de la CNBV, para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los numerales 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal (CPF)
- auditores y demás profesionales que coadyuven con la CNBV cuando esta los contrate para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas, y
- personas físicas que cumplan con los requisitos y la documentación previstas en las disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales
Las bases de participación son:
- cubrir los requisitos del numeral 9o. de las disposiciones de carácter general:
- contar al menos con un nivel de estudios equivalente a licenciatura
- tener experiencia de al menos un año en la materia
- no haber sido sentenciado por delitos patrimoniales, ni inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano o de cualquier otro país, y
- no tener antecedentes de suspensión, cancelación o revocación de algún registro para fungir como auditor externo independiente, o bien, que no le haya sido revocada previamente alguna certificación por parte de la CNBV o de algún organismo autorregulatorio reconocido en términos de las disposiciones legales aplicables
- enviar a la CNBV la información y la documentación señalada en el dispositivo 10 de las disposiciones generales:
- identificación oficial con fotografía expedida por autoridad federal
- título o cédula profesional
- curriculum vitae en el que precise la experiencia con la que cuenta en la materia, precisando las referencias de sus empleadores, conforme el instructivo
- reportes de crédito emitidos por sociedades de información crediticia con una vigencia no mayor a dos meses de su expedición
- carta bajo protesta de decir verdad de que no se encuentra en los supuestos referidos en el artículo 9o., fracciones III y IV de las disposiciones, y
- comprobante del pago de certificación
La CNBV notificará la aceptación de la solicitud. En 2019 se realizarán dos exámenes, con un cupo de hasta 1,500 lugares cada uno, los días 6 de julio y 9 de noviembre de 2019, iniciando su aplicación a las 9:00 hrs., con una duración de cuatro horas. Los resultados posibles son “Aprobatorio” o “No Aprobatorio”.
Finalmente, se contempla el correo electrónico: certificacionpld@cnbv.gob.mx para desahogar cualquier tipo de dudas en el proceso.