Uso del emblema “Hecho en México”

Se fijan las condiciones para utilizarlo en la promoción de productos nacionales

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 .  (Foto: iStock)


Se publicó en el DOF de este 22 de noviembre de 2018 el acuerdo por el que se establecen las condiciones y los requisitos para el otorgamiento de la autorización y el uso del emblema Hecho en México, el cual entrará en vigor el 23 de ese mismo mes y año.

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Dicho documento tiene como propósito establecer un proceso ágil y sencillo para determinar qué productos cumplen con los requisitos para ostentar el emblema “HECHO EN MÉXICO”.

El emblema será empleado para publicitar productos producidos y fabricados en el país. Su uso se otorgará a los interesados por los organismos de certificación, previamente acreditados por la entidad mexicana de acreditación y autorizados por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía (DGN).

Los interesados deberán acreditar ante los licenciatarios que los productos son producidos y fabricados en el país bajo cualquiera de los siguientes supuestos, que:

  • los bienes son obtenidos en su totalidad o producidos enteramente en México o son producidos exclusivamente a partir de materiales que califican como originarios de conformidad con los tratados o acuerdos comerciales de los que nuestro país es parte
  • son elaborados con bienes no originarios, pero que resulta de un proceso de producción en México, de tal forma que el bien se clasifique en una subpartida diferente a la de los bienes no originarios según el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, y
  • el valor de transacción de los materiales no originarios no excede del porcentaje fijado para cada sector respecto del valor de la transacción de la mercancía

Igualmente, se deberá acreditar que los productos son producidos y fabricados en México conforme a lo determinado en los criterios que dará a conocer la DGN.

La vigencia de las autorizaciones y sublicencias será de dos años prorrogables por un mismo periodo, cuya solicitud deberá hacerse ante la DGN o ante el organismo de certificación correspondiente, al menos con dos meses de anticipación a la fecha de vencimiento.

El uso y las aplicaciones del emblema deberán ajustarse a lo siguiente:

  • solo podrá marcarse, imprimirse o reproducirse en los envases o embalajes de aquellos productos que han sido expresamente reconocidos de producción o fabricación nacional en términos del acuerdo y conforme a los requisitos establecidos en los criterios; también podrá marcarse, imprimirse o reproducirse sobre el producto o su etiqueta cuando conforme a sus características no tenga envase o embalaje
  • debe marcarse en forma clara, legible e indeleble en los productos correspondientes
  • en ningún caso deberán alterarse o modificarse las proporciones o la composición y distribución de los elementos que integran la identidad gráfica del emblema en los productos hechos en México o de cualquiera de sus elementos, y
  • está prohibido el uso de cualquiera de los elementos de la identidad por separado o de forma aislada, así como la realización de cualquier tipo de modificación en las dimensiones o en el acomodo de la identidad gráfica del emblema

Finalmente también se contemplan casos de rescisión como son:

  • no dar cumplimiento a lo previsto en el acuerdo y en los criterios
  • cuando el producto esté sujeto al cumplimiento de una Norma Oficial Mexicana o Norma Mexicana y no cuente con los certificados, dictámenes o informes que sustenten dicho cumplimento
  • el momento en el que se cancele, caduque, suspenda, falsifique o se altere el certificado de conformidad, con base en el cual se haya otorgado la sublicencia para usar el emblema
  • cuando se coloque el emblema incumpliendo el manual de identidad gráfica, y
  • si no se emplea el emblema para los productos respecto de los cuales se haya otorgado la autorización o sublicencia

El acuerdo forma parte de las medidas contempladas en el acuerdo para el fortalecimiento económico y la protección de la economía familiar firmado el 9 de enero de 2017 por el gobierno y las organizaciones empresariales, sindicales y de productores del campo.