Se actualizaron los montos para la identificación y aviso de las operaciones señaladas en el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), en la misma medida en que se ajustó el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), conforme a lo publicado en el DOF el pasado 10 de enero de 2020.
A partir del 1o. de febrero de 2020 la UMA diaria será equivalente a 86.88 pesos. Así, los importes de las actividades que se consideran vulnerables, por las que se debe cumplir con las obligaciones de la LFPIORPI, cómo identificar a los clientes, y en su caso avisar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP, son los siguientes:
Actividades
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Identificación
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Aviso
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Juegos, sorteos, apuestas y concursos
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$28,236
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$56,037.60
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Gasto mensual acumulado en tarjetas de servicios o de crédito otorgadas por entidades no financieras
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69,938.40
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111,640.80
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Comercialización de tarjetas prepagadas emitidas por entidades no financieras
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56,037.60
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Emisión y comercialización de cheques de viajero de entidades |
Se identifica cualquier operación independientemente de su monto
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56,037.60
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Ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía, o de otorgamiento de préstamos o créditos, por parte de sujetos distintos a las entidades financieras
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139,442.40
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Prestación habitual o profesional de los siguientes servicios relacionados con inmuebles, siempre que involucren operaciones de compra o venta de dichos bienes por cuenta o a favor de los clientes a quienes se presten dichos servicios:
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697,212
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Comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, relojes o joyas
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69,938.40
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139,442.40
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209,380.80
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418,327.20
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Comercialización o distribución habitual profesional de vehículos, terrestres aéreos o marítimos
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271,212.9
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542,425.80
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Traslado o custodia de dinero o valores
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Se identifica cualquier operación
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278,884.80
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Recepción de donativos, por parte de asociaciones sin fines de lucro
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139,442.40
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278,884.80
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La prestación de servicios de fe pública por parte de los notarios públicos respecto de las siguientes operaciones:
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Se identifica cualquier operación independientemente de su monto
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1,390,080
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697,212
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Siempre se debe dar aviso independientemente de su monto
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La prestación de servicios de fe pública por parte de los corredores públicos respecto de las siguientes operaciones:
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$697,212
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Se identifica cualquier operación independientemente de su monto
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Aun sin monto se debe dar aviso
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Prestación de servicios de comercio exterior como agente y apoderado aduanal, para promover por cuenta ajena, el despacho de las siguientes mercancías:
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Se identifica cualquier operación independientemente de su monto
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Siempre se debe dar aviso
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42,136.80
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418,327.20
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Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles por valor mensual
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139,442.40
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278,884.80
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La prestación de servicios profesionales, de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente respectivo, en aquellos casos en los que se prepare para un cliente o se lleven a cabo en nombre y representación del mismo cualquiera de las siguientes operaciones:
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Siempre
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Cuando en nombre y representación de un cliente, se realice alguna operación financiera que esté relacionada con los actos señalados
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El ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales, por parte de sujetos distintos a las entidades financieras, que se lleven a cabo a través de plataformas electrónicas, digitales o similares, que administren u operen, facilitando o realizando operaciones de compra o venta de dichos activos propiedad de sus clientes, o bien, provean medios para custodiar, almacenar, o transferir activos virtuales distintos a los reconocidos por el Banco de México para regular las instituciones de tecnología financiera
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Se identifica cualquier operación independientemente de su monto
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56,037.60
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