A partir de la reforma de 2017 a la Ley de Aviación Civil (LAC), se precisaron con mejor claridad las obligaciones de las aerolíneas y los derechos que tienen los pasajeros de vuelos nacionales e internacionales.
Una de las preguntas más frecuentes en relación con los servicios de dichas aerolíneas es a partir de qué edad los menores deben pagar su vuelo.
El artículo 47 Bis de la LAC, establece que el pasajero mayor de edad puede, sin pago de ninguna tarifa, llevar a un infante menor de dos años a su cuidado.
Sin embargo, el menor no tendrá derecho a asiento y a franquicia de equipaje, pero si se le deberá entregar a su cuidador su pase de abordar y podrá transportar una carriola para el infante sin costo adicional.
En caso de no respetar este derecho, las aerolíneas deberán ser multadas, por lo que es sumamente importante que los afectados interpongan su queja en los módulos de atención a clientes de la Procuraduría Federal del Consumidor ubicados dentro de los aeropuertos.