Qué pasa si el pagaré no indica la fecha de vencimiento

Vencimiento de este título de crédito es un elemento básico, pero si no se precisa, hay que atender a lo previsto en la legislación aplicable

Dentro de los títulos de crédito se encuentra el pagaré, un documento que contiene una promesa incondicional de pago de una suma determinada de dinero qué hace el suscriptor al tenedor.

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Conforme al artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) el pagaré deberá contener los siguientes requisitos:

  • mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento
  • promesa incondicional de pagar una suma cierta de dinero
  • nombre de la persona a quien ha de pagársele
  • época y el lugar del pago
  • fecha y el lugar en que se subscriba el documento, y
  • firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre

Pero ¿qué pasa si se omite alguno de estos requisitos, por ejemplo, la fecha de pago? Al respecto, el numeral 171 de la LGTOC indica que, ante la falta de vencimiento del título, se considerará pagadero a la vista; es decir, cuándo el tenedor le presente el documento a la vista del suscriptor.