Actualmente en el Congreso se encuentran en proceso legislativo una reforma a diversas leyes en materia administrativa que se vinculan tanto a contrataciones en el rubro de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, mismas que la iniciativa privada considera que atentan contra la inversión
“La modificación a 23 leyes federales atentaría contra el Estado de Derecho y afectaría la disposición de las empresas a llegar a México ahora que está en curso el nearshoring, afectando grandemente a la economía nacional”, destacó la International Chamber of Commerce México (ICC México).
El organismo internacional aseveró que de aprobarse en el Congreso de la Unión generaría grandes márgenes de discrecionalidad al Gobierno mexicano en contra de los particulares y atentaría contra el Estado de Derecho.
Se crearía mayor incertidumbre jurídica para los inversionistas y se convertiría en un dique para la llegada de inversión extranjera directa para el país, precisamente ahora que está en curso el nearshoring hacia México, afectando a la economía nacional.
Por lo anterior, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) instó a los legisladores a abrir una discusión que incluya a la iniciativa privada.
Ambos organismos aseveraron que la reforma legislativa supondría diversas violaciones a la Constitución y a tratados internacionales en materia de protección de inversiones celebrados por México, por ejemplo, el derecho a la seguridad jurídica, la garantía de no retroactividad, el derecho de un recurso efectivo, el derecho a la propiedad, el derecho a la libre competencia y concurrencia, la interdicción de la arbitrariedad, el derecho a la consulta de los pueblos originarios, y el principio de legalidad, ente otros varios.
Además de contener normas contrarias a tratados internacionales como el TMEC y otros instrumentos comerciales e ir en sentido contrario a lo que se requiere para impulsar el mayor desarrollo de la industria minera y de la infraestructura pública, en perjuicio del país.
“Por ejemplo, la Iniciativa de Reforma introduce nuevas causales de extinción del acto administrativo de carácter individual por “rescate o revocación”. Esto implica que la autoridad puede modificar las condiciones con las que fue otorgado un acto administrativo, alegando hechos o actos supervenientes, y en caso de que el particular no las cumpla, el acto puede ser revocado. Igualmente, el acto puede ser revocado por la autoridad simplemente argumentando un hecho o acto superveniente que afecte el interés público u ocasione un desequilibrio” abundó la ICC México.
Dentro de estos cambios, resalta la obligación de incluir, en todos los contratos que se celebren bajo dichas leyes, una cláusula de terminación anticipada por causa de interés público, llamada “Cláusula exorbitante”, con la que se podrían dar por concluidos contratos de forma anticipada por causa de “interés público”.
Confiamos en la apertura de la presente Legislatura para analizar de manera integral ambas iniciativas, con base en el buen clima democrático y con el fin de abonar a la transparencia en materia económica y construir juntos las mejoras legales que fortalezcan y den certeza a las pequeñas y medianas empresas, en favor del desarrollo y la confianza en México, concluyó la CCE.
¿Qué cambios propone el Ejecutivo?
La Iniciativa de Reforma propone modificar la Ley General de Bienes Nacionales, la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, y la Ley de Expropiación para limitar los montos de las indemnizaciones a cargo del Estado, lo que contraviene las obligaciones internacionales del Estado mexicano, asumidas bajo los distintos tratados en vigor, sobre todo en materia de protección de inversiones.
También se propone modificar la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y la Ley Federal de Austeridad Republicana, así como otros nueve ordenamientos jurídicos que regulan al Poder Judicial y a los órganos constitucionales autónomos, como el Banco de México, la Comisión Federal de Competencia Económica, entre otros, para limitar el monto de remuneraciones que pueden recibir los servidores públicos, así como limitar la posibilidad de que al cesar sus encargos, puedan trabajar o prestar servicios a los particulares que antes supervisaban o regulaban, o con los que celebraban actos administrativos.
Asimismo, se plantea la sectorización de las entidades paraestatales para que por razones de interés público, interés general, interés social o de seguridad nacional, además de atender a su esfera de competencia puedan hacerlo con otras; para esto se crearían las figuras de “integración” y “reintegración”, con el fin de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda proponer al titular del Poder Ejecutivo Federal la transferencia de personal y de los recursos financieros y materiales de las entidades paraestatales a las dependencias de la Administración Pública Federal.
El principio de Confianza Administrativa en el sector público se invoca también porque a decir del Ejecutivo federal, el Estado no puede estar sometido a los mismos trámites que las actividades privadas, dado que persiguen fines distintos, lo cual implicaría que en los proyectos de infraestructura prioritarios, los trámites como dictámenes, permisos, licencias, derechos de vía y expropiación de inmuebles podrán gestionarse de manera simultánea al inicio de la obra en casos de notoria y urgente necesidad, como no se pudo hacer en el Tren Maya, por ejemplo.