En caso de incumplimiento de una sentencia de amparo, existen medidas de apremio y responsabilidades que se deben conocer. Descubra cómo se ejecutan estas sentencias




Según el artículo 192 de la Ley de Amparo (LA), cuando se ha concedido el amparo y la sentencia causa ejecutoria, esta debe ser puntualmente cumplida por la autoridad responsable dentro de un plazo de tres días, apercibida que de no hacerlo así sin causa justificada, se remitirá el asunto a los tribunales colegiados de circuito o a la Suprema Corte de la Nación, para iniciar el trámite de inejecución, que puede culminar con la imposición de multas e incluso con la separación de su puesto.

Sin embargo, ¿cómo procedería la ejecución en caso de que la sentencia se dictará en contra de un particular como autoridad responsable?

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 .  (Foto: IDC online)

Cómo se lleva a cabo la ejecución de una sentencia contra un particular

Conforme a la tesis de rubro: SENTENCIA DE AMPARO CONTRA PARTICULARES. PASOS A SEGUIR Y MEDIDAS DE APREMIO APLICABLES ANTE SU INCUMPLIMIENTO, con número de registro digital: 2026227, la ejecución de las sentencias de amparo contra particulares tiene las siguientes características:

  • atendiendo a la libertad de empresa, es inaplicable el apercibimiento dirigido a destituir a los responsables del incumplimiento de la sentencia

  • frente a la inobservancia y resistencia de las personas físicas que son responsables de cumplir el fallo constitucional, el juzgador debe centrar los actos de ejecución en los apercibimientos de multa y la consignación penal por el delito de incumplimiento de sentencia, y aplicarlos en forma gradual, proporcional y progresiva, y

  • el juzgador se encuentra facultado para solicitar los nombres y datos de los particulares para imponerles las multas respectivas, además de que tiene el deber jurídico de velar por la ejecución de dichas sanciones

Al hacerse los requerimientos de ejecución, el juzgador podrá ampliar los plazos para el cumplimiento de la sentencia, tomando en cuenta su complejidad o dificultad.



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