“La correcta implementación de los derechos del acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad en el sector público (ARCOP) permite a la sociedad controlar que se utilicen sus datos personales o los de sus hijos de manera segura, dijo la Comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Del Río Venegas.
Lo anterior fue mencionado luego de que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) estableciera requisitos adicionales a los contemplados en la ley a una persona que solicitó información personal sobre su hija menor respecto al trámite de un pasaporte y que derivó en la inconformidad del solicitante.
En el comunicado INAI/101/2024, fechado al 9 de julio de 2024 la Comisionada Del Río Venegas puntualizó en que la correcta implementación de los derechos ARCOP, ayudan a los ciudadanos a evitar irregularidades en cuanto a la transparencia y solicitudes de información conforme a las leyes de protección de datos.
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SRE debe entregar información sobre trámite de pasaporte
De acuerdo con el INAI, una persona solicitó su intervención luego de que en septiembre de 2021 se tratamitara un pasaporte para su hija menor, del que mencionó, no estaba enterado y por ende no firmó ni otorgó ningún documento o permiso para dicho fin, fue entonces que solicitó a la SRE una copia de la documentación presentada pero la autoridad no se la proporcionó.
Luego de acreditarse como padre del menor, la dependencia puso a disposición del solicitante una copia simple de los documentos, sin embargo, condicionó la entrega de los mismos a que el interesado se presentara en las Oficinas de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde tendría que volver a acreditar su personalidad y el parentesco con la menor.
Asimismo, al solicitante se le requirió presentar una carta en la que manifestara bajo protesta de decir verdad, que es la persona que ejerce la tutela de la menor, razón por la cual el interesado manifestó su inconformidad ante el INAI y manifestó su recurso de revisión, fue así que el Instituto Nacional de Transparencia determinó que la dependencia solicitaba información adicional a la ley.
Tomando en cuenta que se solicitó a la persona información extra, el equipo de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas determinó que esto representaba una carga para la persona, especialmente porque la Secretaría no concretó una cita con el interesado para que recogiera los documentos.
Finalmente el Pleno del Instituto ordenó a la dependencia entregar al solicitante, una copia de los documentos presentados para la tramitación del pasaporte de su hija menor de edad.