Recientemente creamos una sociedad anónima cuyo objeto principal será realizar servicios de remodelación de departamentos, pero tenemos la duda de si esto ser considera una actividad vulnerable. Pueden asesorarnos al respecto
No, de acuerdo con el artículo 17, fracción V de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se consideran actividades vulnerables la prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles, o la intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en las que se involucren operaciones de compra o venta por cuenta o a favor de los clientes de quienes presten dichos servicios. Por tanto, los servicios de remodelación que no involucren operaciones de compra o venta de inmuebles no se consideran una actividad vulnerable, y no generan obligaciones en esta materia.