La bancada de Morena y sus aliados en el Senado están a solo un paso de aprobar la reforma de supremacía constitucional, una iniciativa legislativa que busca cambiar la forma en la que se garantizaban los derechos humanos de las personas en el país mediante la modificación de los artículos 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Carta Magna indica en el artículo 105, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en los términos que señale la ley, puede emitir resoluciones respecto a violaciones constitucionales y derechos humanos reconocidos en tratados internacionales, así como a plantear contradicciones entre una norma de carácter general y la Constitución.
Por su parte, el artículo 107 hace mención al juicio de amparo, mediante el cual, los tribunales pueden resolver la inconstitucionalidad de una norma general, actos u omisiones de la autoridad; es decir, la SCJN tiene potestades para atender controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, o al menos las tiene hasta antes de la reforma de supremacía constitucional.
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¿En qué consiste la reforma de supremacía constitucional?
Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos se reunieron el miércoles 23 de octubre de 2024 para analizar la propuesta de reformar los artículos 105 y 107 de la Constitución, y con 24 votos a favor y 10 en contra, el dictamen fue aprobado y enviado a la Mesa Directiva para su correspondiente publicación en la Gaceta Parlamentaria.
De acuerdo con información del Senado de la República, el dictamen será votado en el pleno este jueves 24 de octubre pasadas las 5:00 de la tarde, pero, ¿en qué consiste y por qué está causando una mayor división en el sistema legislativo?
La bancada de Morena aseguró que son “improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Carta Magna”, pero con la reforma de supremacía constitucional, ninguna autoridad, por referirse a jueces, tendrán potestades para declarar inconstitucionalidad.
Asimismo, se busca que el juicio de amparo ya no proceda contra adiciones o reformas a la Constitución Política, destacando así la supremacía constitucional respecto a cualquier poder político en el país; aunque hay quienes ya anticipan, es un golpe contra la SCJN para continuar con la reforma al poder judicial.
Supremacía constitucional, clave para reforma judicial
Aunque el senador Saúl Monreal Ávila enfatizó en que la reforma de supremacía constitucional no va en contra del Poder Judicial, sino para establecer que ningún poder esté por “encima del poder constituyente permanente”, y Alejandro González Yáñez añadió que la iniciativa busca “reafirmar y reforzar lo que ya dice la legislación actual” para evitar interpretaciones “sesgadas”, la oposición piensa diferente.
En el caso de la bancada del PRI, el senador Pablo Angulo Briceño refirió que la reforma busca “restructurar completamente las instituciones, concentrar el poder absoluto y blindarse de las decisiones del Poder Judicial”, pero especialmente “inhibir la posibilidad de revisar la constitucionalidad de las reformas a través del amparo, la acción y controversia constitucional”.
En tanto Marko Cortés Mendoza del PAN, manifestó que su fracción parlamentaria está en contra de la iniciativa porque se “debe preservarse la posibilidad de controvertir cualquier reforma de forma y fondo”, y en este caso, la supremacía constitucional “es regresiva en materia de derechos humanos y responde a un juego de vencidas con el Poder Judicial”.
Sobre esto, tras la reunión de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos en torno al tema, el senador Ricardo Anaya Cortés compartió en entrevista que con “la inimpugnabilidad queda de manifiesto el pleito que se trae la mayoría con el Poder Judicial”.
El político panista resaltó que la aprobación de la supremacía constitucional es “grave” porque Morena con sus mayorías calificadas tiene el poder de modificar la Constitución “como se le pegue la gana”, incluso “violando procedimientos”, sin quórum ni ningún recurso legal disponible, y de ser así, ya “nunca” procedería el amparo, la acción de inconstitucionalidad o controversia.
“Al prohibir el amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, si llegara a haber una reforma contraria a los derechos humanos, sería imposible impugnarla porque ellos van a establecer en la Constitución que no se podrá impugnar jamás una reforma constitucional”, puntualizó Anaya.
Finalmente, recordó que “la no aplicación retroactiva es para las leyes, no para la Constitución”, y en realidad, el objetivo de esta iniciativa es “acabar con el Poder Judicial”, y lo más grave de esto son los daños colaterales a los ciudadanos, quienes aseguró, “ya no podrán impugnar una reforma constitucional”.