El 30 de diciembre de 2024, la Secretaría de Economía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, un acuerdo que introduce ajustes a varios montos del Código de Comercio (CCom).
Estas modificaciones entraron en vigor el 1o. de enero de 2025 y tendrán un impacto directo en multas, sanciones y cuantías aplicables en los juicios mercantiles. A continuación, se detallan algunos de los puntos más relevantes:
Principales multas actualizadas
- sanción por desacato a resoluciones judiciales: los jueces podrán imponer multas de $ 10,685.55 como medida de apremio para garantizar el cumplimiento de sus determinaciones (art. 1067 Bis, fracc. II, CCom)
- penalización para peritos incumplidos: peritos que no entreguen su escrito de aceptación, protesta del cargo o dictamen en el plazo fijado por el juez serán sancionados con $ 5,342.78 (art. 1253, fracc. VI, CCom), y
- multas por inasistencia a audiencias: la falta de justificación para no asistir a audiencias preliminares resultará en multas que oscilan entre $ 2,999.64 a $ 9,683.10 (art. 1390 Bis 33, CCom)
ÚNETE A IDC en nuestro canal de Whatsapp
Cambios en cuantías irrecurribles
Se prevé que las resoluciones cuya cuantía principal no supere $ 890,462.9 no serán susceptibles de apelación (art. 1340, CCom).
Resoluciones sin apelación en segunda instancia
Se precisa que los juicios mercantiles con montos menores a $ 890,462.9 se mantendrán como definitivos sin posibilidad de impugnación (art. 1339, CCom).
Estas actualizaciones reflejan el ajuste anual por inflación, con implicaciones directas para los involucrados en procedimientos judiciales.