Explore las repercusiones del nuevo valor de la UMA en las sanciones previstas por la LFPIORPI para 2025



Las sanciones aplicadas por el incumplimiento de las obligaciones establecidas para quienes realizan actividades vulnerables, conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), se caracterizan por ser excesivamente elevadas. Esto ha llevado a que muchas personas las consideren excesivas.

Según los legisladores, estos montos tan elevados se justifican por el objetivo primordial de la ley: proteger el sistema financiero y la economía nacional. Para alcanzar este fin, la ley busca mitigar el lavado de dinero y otras actividades relacionadas mediante sanciones estrictas que desincentiven dichas prácticas.

Además, las multas previstas en la LFPIORPI no son cantidades fijas, sino que se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), un indicador que se actualiza anualmente, lo que provoca un incremento constante en las sanciones.

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Incremento en la UMA para 2025

El incremento anual de la UMA tiene un impacto directo en el monto de las multas relacionadas con las actividades vulnerables. Para 2025, el valor de la UMA se fijó en $ 113.14, cifra que entrará en vigor a partir del 1o. de febrero de 2025.

Así, por ejemplo, la omisión en la presentación de los avisos antilavado, que conforme al artículo 54 de la LFPIORPI es sancionada con multas que oscilan entre 10,000 hasta 65,000 veces la UMA, ahora equivaldrá a montos de $ 1,131,400.00 hasta $ 7,354,100.00 para 2025.


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Obligaciones para quienes realizan actividades vulnerables


Aquellos que realizan actividades vulnerables, según lo dispuesto en la LFPIORPI, deben cumplir con una serie de obligaciones, entre las cuales se encuentran:

  • inscribir su actividad en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero

  • identificar a sus clientes o usuarios

  • solicitar información relacionada con la actividad económica del cliente cuando exista una relación de negocios

  • recabar información sobre la existencia de un beneficiario final y, en su caso, obtener la documentación correspondiente

  • presentar los avisos relacionados con sus operaciones a más tardar el día 17 del mes siguiente en que se realice la transacción

  • resguardar los avisos, documentos e información relacionados con las operaciones realizadas

  • facilitar el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades competentes, y

  • respetar las prohibiciones relacionadas con el uso de efectivo

El incremento anual de la UMA refuerza la importancia de cumplir con las disposiciones de la LFPIORPI, ya que las multas pueden alcanzar montos tan elevados que podrían generar una contingencia significativa para los sujetos obligados.

Para obtener más detalles sobre los nuevos montos de las multas relacionadas con actividades vulnerables en 2025, consulte la nota titulada: “Montos de actividades vulnerables 2025”, publicada el 30 de enero de 2025 en la edición 571 de nuestra revista digital.

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