CNPCF: Juicios Orales y Solución Alterna aceleran la
justicia en México
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Con la implementación del CNPCF se ajustan múltiples leyes para garantizar la correcta aplicación del nuevo modelo procesal nacional
El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF), publicadoen el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de junio de 2023, busca unificar la forma en que deben tramitarse los juicios en materia civil y familiar en todo el país.
Este ordenamiento establece las reglas y procedimientos que deben seguirse en asuntos civiles, como propiedad, contratos, responsabilidad civil y obligaciones en general, así como en materia sucesoria y familiar, que incluye divorcios, patria potestad, adopción y pensión alimenticia, así como en el ámbito de medios alternativos de solución de controversias, como el arbitraje y la mediación, y se enfatiza la implementación de juicios orales en todas las materias, tanto en juicios ordinarios como ejecutivos.
A través de este nueva norma se busca simplificar y agilizar los procesos judiciales para hacerlos más accesibles, promoviendo la modalidad de juicios orales, la digitalización y la protección de los derechos humanos como ejes fundamentales para un sistema de justicia más eficiente y cercano a la ciudadanía.
Derivado de la implementación de este nuevo código, es necesario efectuar adapataciones en diversas legislaciones para alinear la correcta mención y observar su debida aplicación; en tal virtud, el 14 de noviembre de 2025, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de diversos ordenamientos legales, en materia de homologación normativa relativa al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, mediante el cual se reforman las siguientes disposiciones:
Ordenamiento | Preceptos que se modifican |
Código Civil Federal | 51; 89; 137; 206; 272, cuarto párrafo; 282, fracción II; 283, segundo párrafo; 399; 416, primer párrafo; 462; 513; 1549 Bis, fracción VI; 1712; 1725; 1750; 1752; 1934 Bis; 2118; 2323; 2325; 2416; 2545; 2882; 2916, primer párrafo; 2965; 2972; 3039, segundo párrafo; 3047, primer párrafo y, 3048, segundo párrafo |
Código de Comercio | 1054; 1061 Bis; 1063; 1393, primer párrafo; 1414; 1466, en su párrafo y, 1477 |
Código Fiscal de la Federación | 130, sexto párrafo |
Código Militar de Procedimientos Penales | 137, quinto párrafo |
Código Nacional de Procedimientos Penales | 138, quinto párrafo |
Ley Agraria | 167 |
Ley de Ahorro y Crédito Popular | 129, quinto párrafo |
Ley de Asociaciones Público Privadas | 9, fracción IV |
Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público | 36 |
Ley de Concursos Mercantiles | 8o, fracción IV |
Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar | 118, segundo párrafo y, 149 |
Ley de Firma Electrónica Avanzada | 6 |
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural | 6o., fracción IV |
Ley de Fondos de Inversión | 84 Bis, quinto párrafo |
Ley de Instituciones de Crédito | 109 Bis, tercer párrafo y 225, segundo párrafo |
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | 193, fracción III, inciso l; 280, fracción VI; 281, segundo párrafo y, 479, último párrafo |
Ley de la Fiscalía General de la República | 68 |
Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro | 111, último párrafo |
Ley de Navegación y Comercio Marítimos | 6, fracción VII; 105; 264, primer párrafo y, 275, primer párrafo |
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas | 13, primer párrafo y 79, último párrafo |
Ley de la Policía Federal | 42 |
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros | 11, fracción V Bis; 75, fracción VIII; 84 Quinquies, último párrafo; 92 y 96, noveno párrafo |
Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares | 25 |
Ley de Seguridad Nacional | 8, fracción III |
Ley de Sistemas de Pagos | 9o.; 12, segundo párrafo, y 33 |
Ley de Uniones de Crédito | 108 |
Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas | 61 |
Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas | 159; 160; 161, tercer párrafo; 162, fracción II; 166, fracción IV; 167, fracción V, y 171, fracción IV |
Ley del Mercado de Valores | 389, tercer párrafo |
Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica | 126 |
Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano | 9, fracción VI |
Ley Federal de Competencia Económica | 12, fracción XXVIII; 121 y 132 |
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional | 11 |
Ley Federal de Procedimiento Administrativo | 2 |
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo | 1o., primer párrafo; 14, penúltimo párrafo; 46, penúltimo párrafo, y 58, fracción II, inciso f) |
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial | 3 y 400 |
Ley Federal de Protección al Consumidor | 26 y 114, último párrafo |
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares | 4 |
Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas | 11 |
Ley Federal de Responsabilidad Ambiental | 9o.; 27; 28, segundo párrafo; 32, primer y segundo párrafos; 35; 37, primer párrafo; 38, primer párrafo; 43; 47, tercer párrafo y 55, primer párrafo |
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión | 6, fracción VII |
Ley Federal del Derecho de Autor | 10 y 213, segundo párrafo |
Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas | 4, primer párrafo; 63 y 71, cuarto párrafo |
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación | 47 |
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos | 5o. TER, primer párrafo, fracción VII |
Ley General de Archivos | 3 |
Ley General de Bienes Nacionales | 5 y 114 |
Ley General de Cultura Física y Deporte | 83, fracción VIII |
Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito | 88 Bis 4, tercer párrafo |
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados | 9, primer párrafo |
Ley General de Turismo | 73 |
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente | 202, segundo párrafo |
Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros | 30, tercer párrafo |
Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo | 97, sexto párrafo |
Ley para Regular las Agrupaciones Financieras | 141, tercer párrafo y 161, segundo párrafo |
Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera | 102, tercer párrafo |
Ley Reglamentaria de la Fracción VI del Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | 4, segundo párrafo |
Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | 5o., segundo párrafo del artículo |
Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | 1o. |
Ley Reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia del Derecho de Réplica | 8 y 35 |
Ley sobre la Celebración de Tratados | 11 |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral | 4, párrafo 2 y 95, párrafo 1, inciso c) |
Ley de Aeropuertos | 4, primer párrafo, fracción VI |
Ley de Aviación Civil | 4, fracción IV |
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal | 4o., fracción II |
Ley de Vías Generales de Comunicación | 4o., fracción IV |
Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos | 50, segundo párrafo |
Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario | 5, fracción IV |
Si bien el decreto en comento entra en vigor a partir del 18 de noviembre de 2025, debe tomarse en cuenta que:
la aplicación de lo dispuesto en el mismo entrará en vigor en cada una de las entidades federativas al mismo tiempo que la Declaratoria de aplicación gradual que expidan los Congresos Locales para efecto de la entrada en vigor del CNPCF, según el Artículo Segundo Transitorio del Decreto publicado en el DOF el 7 de junio de 2023
en el orden federal, la aplicación entrará en vigor de conformidad con la Declaratoria de aplicación gradual que, indistinta y sucesivamente, realicen para el CNPCF las Cámaras de Diputados y Senadores que integran el Congreso de la Unión