Créditos de la imágen: Imagen generada por la IA de Gemini
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TDC 17.2530
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INPC 145.8310
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RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
La Profeco enfatiza que el folio de cancelación es la pieza clave para cualquier reclamación exitosa.
Por medio de un comunicado, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó cómo actuar si un proveedor te sigue realizando cobros injustificados después de cancelar un servicio.
Una vez que tomas la decisión de cancelar un servicio, ya sea por aumento de precios, falta de calidad o simplemente porque ya no te interesa, se espera que los cargos cesen de inmediato, pero es común que los proveedores continúen realizando el cobro de manera injustificada.
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De acuerdo con la Revista del Consumidor de la Profeco, entre las principales causas de los cobros persistentes se encuentran:
- Principales causas de los cobros persistentes
- No concluir correctamente el proceso de cancelación
- No contar con un folio, número de reporte o constancia de cancelación
- Desconocimiento de cláusulas sobre plazos mínimos o penalizaciones al cancelar
- Errores administrativos del proveedor
¿Es legal que los proveedores sigan cobrando después de cancelar el servicio?
Con base en las nuevas fracciones VIII y IX agregadas en diciembre de 2025 al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC):
- El proveedor deberá informar de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica cobros automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro
- Los cobros señalados en el párrafo anterior, requerirán consentimiento expreso e informado de la persona consumidora. En los casos en los que, de acuerdo al contrato, proceda la renovación automática del servicio, se deberá notificar al menos con cinco días naturales de anticipación, permitiendo su cancelación sin penalización
- El proveedor deberá implementar mecanismos que, sin contravenir a las disposiciones contractuales, permita a las persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata.
- Del mismo modo, los proveedores deberán habilitar mecanismos que permitan cancelar la suscripción, servicio o membresía de manera inmediata, sin procesos dilatorios que condicionen o dificulten el derecho de cancelación.
Dicha obligación se incorpora sin contravenir las disposiciones contractuales, pero sí exige eliminar prácticas que complican la baja de servicios digitales, plataformas, clubes de membresía o esquemas de cobro periódicos.
¿Qué hacer si un proveedor me sigue cobrando tras cancelar el servicio?
Mediante un caso hipotético, la Profeco explicó que los proveedores deben proporcionar a las personas un folio o número tras realizar la solicitud de cancelación del servicio tal y como se indica en el procedimiento del contrato. Por esta razón, también es importante leer a detalle los términos y condiciones, así como las cláusulas para evitar penalizaciones.
No obstante, si el proveedor aplica cargos posteriores a la cancelación sin justificación alguna y niega la devolución del cargo realizado, la Profeco aconsejó seguir los siguientes pasos:
- Revisa tu contrato para identificar el proceso de cancelación, los plazos y las condiciones
- Solicita la cancelación al proveedor por los medios autorizados: teléfono, sucursal, correo electrónico o aplicación
- Recuerda que el proveedor debe proporcionar un número de folio de cancelación o comprobante, según sea el caso
- Pide al proveedor la devolución de los montos cobrados indebidamente y la suspensión inmediata de los cargos
- Conserva evidencia de tu solicitud de cancelación, el número de trámite o folio proporcionado por el proveedor, así como correos electrónicos o capturas de pantalla
- Contacta al proveedor y exige la suspensión inmediata de los cargos
Si el proveedor se niega a cancelar el servicio, te condiciona, mantiene los cargos o no te devuelve tu dinero, acude a la Profeco para recibir apoyo, orientación, asesoría y presentar tu queja.