La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos, deben contar con terminal bancaria, aceptar pagos a través de transferencias o cheques, para que sus clientes puedan deducir los gastos generados por sus servicios.
En la sesión del 10 de enero de 2018, la Primera Sala de la SCJN consideró que desde el ejercicio fiscal de 2014, los médicos tienen que recibir estas formas de pago para que los pacientes puedan deducir los gastos en su declaración anual.
Lo anterior debido a que la Ley vigente durante los ejercicios 2014, 2015 y 2016 ya permitía la deducción de pagos por honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, y para 2017 se adicionó el beneficio a los gastos por servicios de psicología y nutrición, prestados por personas con título profesional.
Estos gastos los puede pagar el usuario para sí mismo, su esposa o esposo, o la persona con la que vive en concubinato y a sus ascendientes o descendientes en línea recta.