Dentro de las obligaciones que deben cumplir los contribuyentes del Estado de México (EDOMEX) están:
- inscribirse en los registros fiscales, en un plazo que no exceda de 30 días a partir de la fecha en que se generé la obligación fiscal
- presentar el aviso de modificación correspondiente, cuando se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos:
- cambio o corrección de nombre, denominación o razón social
- cambio de régimen de capital o se transforme en otro tipo de sociedad
- cambio de domicilio fiscal o actualización de datos relativos a este
- suspensión de actividades
- reanudación de actividades
- actualización de obligaciones
- baja de actividades
- apertura y cierre de sucursales
- inicio de liquidación
- apertura de sucesión, y
- cancelación en el registro estatal de contribuyentes por: liquidación de sucesión; defunción; liquidación total del activo; escisión de sociedades; fusión de sociedades; cambio de residencia a otra entidad federativa, o inicio del procedimiento de concurso mercantil
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Este aviso se presenta por cualquiera de las siguientes vías:
Presencial
Quienes opten por este tipo de gestión deben llevar a cabo los siguientes pasos:
1.- Acudir a cualquier Centro de Servicios Fiscales
2.- presentar la documentación detallada a continuación, en original para su digitalización:
3.- Firmar de recibido la constancia de actualización en el padrón estatal de contribuyentes
En línea
Los interesado en utilizar esta opción deben realizar el siguiente procedimiento:
1.-Ingresar a la página del Gobierno del Estado de México www.edomex.gob.mx
2.-seleccionar “Pagos e Impuestos”
3.- dar clic en “Portal de Pagos”
4.- elegir “Registro de Contribuyentes” y dar click en “Movimientos”
5.- optar por el tipo de movimiento a efectuar
6.- ingresar el Registro Estatal de Contribuyentes y contraseña
7.- efectuar el movimiento requerido, e
8.- imprimir la constancia de actualización en el padrón estatal de contribuyentes correspondiente
Este trámite es muy rápido, debido a que el tiempo para realizarlo es de 30 minutos aproximadamente.
Finalmente se reproducen las preguntas realizadas a la Secretaría de Finanzas del EDOMEX:
Pregunta
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Respuesta
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Al presentar el aviso de baja al padrón estatal de contribuyentes, ¿debo proporcionar algún domicilio?
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No; sin embargo la autoridad tiene la facultad de revisar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales hasta cinco años después
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¿Qué se debe hacer cuando ya no se tienen trabajadoras(es) y se disminuyó la obligación de retención de salarios ante el SAT y no se realiza ninguna actividad por la que se perciban ingresos dentro del territorio del Estado de México?
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Se debe solicitar una baja al padrón estatal de contribuyentes acudiendo a cualquier Centro de Servicios Fiscales
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Si tengo más de un establecimiento y cierro uno de ellos, ¿debo darme de baja ante el padrón estatal de contribuyentes?
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No; ya que sigue teniendo operación e ingresos por la matriz. En este caso debe dar aviso del cierre de establecimiento
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