La Secretaría de Finanzas del EDOMEX con el objeto de concretar acciones de mejora orientadas al cumplimiento de obligaciones fiscales, a través de medidas que señalen los mecanismos de administración, control y forma de pago de las contribuciones estatales, publicó en el Periódico Oficial “Gaceta de gobierno” del 19 de enero de 2018 las siguientes reglas de carácter general:
- que establecen los requisitos que deberán observarse para la recepción de créditos fiscales para su cobro
- para la solicitud de inscripción y presentación de avisos en materia del registro estatal de contribuyentes
- para la presentación de la declaración trimestral de las enajenaciones de vehículos nuevos
- en materia de la declaración trimestral informativa y la constancia de retención del impuesto sobre la adquisición de vehículos automotores usados
- aplicables al artículo 59 fracción VIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios
- para dar aviso por el que se señala establecimiento principal y sucursales
- aplicables al aviso de compensación
- relativas a la dispensa de la garantía del interés fiscal
- para la cancelación de créditos fiscales a que se refiere el artículo 19, párrafo tercero de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2018
- para la cancelación de créditos fiscales a que refiere el artículo 19 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2018
- aplicables al Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal
- en materia de contrato electrónico de transporte privado de personas
- para la condonación total o parcial de multas, indemnizaciones por devolución de cheques y recargos a que se refiere el artículo 364 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
- a que refiere el artículo 5o de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2018
- para distribuir los ingresos que percibe el fisco estatal por concepto de las multas referidas en el artículo 20 bis, fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios, así como aquellas que deriven de los programas de vigilancia de obligaciones que se ejecuten en el ejercicio de sus facultades derivadas de los convenios de coordinación o colaboración administrativa en materia fiscal para el ejercicio fiscal 2018
- para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en materia del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos Permitidos con Cruce de Apuestas
- para trámites de control vehicular, y
- para acceder al subsidio en materia del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal
Como contribuyente de esta entidad federativa es importante conocer y verificar las reglas citadas para determinar cuáles son aplicables a sus obligaciones fiscales