Si bien desde el pasado 31 de enero es obligatorio el empleo de la versión 3.3. del CFDI, el hecho de que esta requiera información adicional, ha suscitado entre los contribuyentes incertidumbre respecto del llenado de ciertos campos.
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De ahí que la autoridad fiscal decidiera posponer la entrada en vigor del llenado de ciertos campos o el uso de algún complemento; por ello, es preciso no perder de vista, que existe el riesgo de al estar estos elementos en constante revisión pueden llegarse a actualizar.
A continuación se detallan las fechas a observar de ciertos requerimientos en la expedición de los CFDI, a las que debemos estar atentos para evitar eventualidades que afecten la operación y la posible imposición de sanciones:
Acción o campo a utilizar
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Fecha
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Fundamento
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Cancelación del CFDI
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1o. de julio 2018
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Octavo transitorio RMISC 2018
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Unidad de medida y clave de producto correcta
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1o. de julio 2018
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Décimo primer transitorio RMISC 2018
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Actualización del complemento de combustibles
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12 de junio
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Página de Internet del SAT
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Complemento de pagos
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1o. de septiembre
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Séptimo transitorio, primera modificación a la RMISC 2018
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