El SAT actualizó el régimen fiscal aplicable a las asociaciones religiosas (AR) para el ejercicio fiscal 2018, a través del oficio 600-01-02-2018-9227 del 29 de mayo de 2018, con lo que deja sin efectos a su similar 600-01-02-2017-55124 del 22 de diciembre de 2017.
El cambio sustancial de este documento es el aumento en los siguientes montos, los cuales estarán vigentes del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2018, de conformidad con el artículo 36-Bis del CFF:
Concepto
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Actual
(oficio 9927)
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Anterior
(oficio 55124)
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Ingresos exentos para ministros de culto registrados ante SEGOB, así como para quienes ejerzan funciones de dirección, representación u organización en las AR’s
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Cinco veces valor diario de la UMA elevado al periodo de pago
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Tres veces valor diario de la UMA elevado al periodo de pago
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Monto máximo para deducir gastos que no cuenten con un CFDI
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$5,000.00
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$3,001.00
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Para efectos de los ingresos los ingresos exentos ya señalados, se debe considerar el valor vigente de la UMA en la fecha de la erogación, tal y como se muestra a continuación:
Del 1o. al 31 de enero de 2018
Periodo
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Valor en pesos
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Número de veces
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Total de ingresos exentos
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Diario
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$75.49
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5
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$377.45
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Mensual
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2,294.90
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5
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11,474.50
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Anual
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27,538.80
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5
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137,694.00
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De 1o. febrero al 31 de diciembre de 2018
Periodo
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Valor en Pesos
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Número de veces
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Total de ingresos exentos
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Diario
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$80.60
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5
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$403.00
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Mensual
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2,450.24
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5
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12,251.20
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Anual
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29,402.88
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5
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147,014.40
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