La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que se publicó la regla que amplía el uso de Mi Contabilidad a personas físicas que tributen en el régimen de actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento; excepto las:
- que empleen la aplicación "Mis Cuentas", y
- las que se dediquen a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras
Este nuevo servicio estará disponible en el Portal del SAT a partir del próximo 1o. de octubre y permitirá a los contribuyentes la opción de presentar sus pagos provisionales al elegir "clasificar facturas".
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Al utilizar la aplicación, 3.8 millones de personas físicas podrían beneficiarse y tener por cumplido el envío al SAT del archivo de la contabilidad electrónica, además de que ya no será necesario ingresar de forma mensual su información contable.
En el portal www.sat.gob.mx se podrá encontrar toda la información relacionada con la herramienta de "Mi Contabilidad", así como utilizar los diferentes canales de comunicación con los que cuenta la autoridad para aclarar dudas.