La entrada en vigor del nuevo esquema de cancelación ha sido diferida por el SAT en múltiples ocasiones, y a pesar de que aseguró recientemente que no existiría prórroga para el inicio de la vigencia, emitió un comunicado en el cual difirió el cumplimiento del nuevo esquema de cancelación hasta noviembre próximo.
En el siguiente cuadro se puede apreciar los diferimientos que ha sufrido la norma.
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Primera
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Segunda
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Tercera
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Cuarta
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Quinta
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Fundamento
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RMISC 2017
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Segunda Modificación a la RMISC 2017
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Sexta Modificación a la RMISC 2017
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Segunda Modificación a la RMISC 2018
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Comunicado
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Plazo diferido al:
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1o. de julio de 2017
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1o. de enero de 2018
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1o. de julio de 2018
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1o. de septiembre de 2018
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1o. de noviembre de 2018
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Con estos antecedentes ahora los contribuyentes se preguntan ¿existirá otra prórroga? Parece ser que el 1o. de noviembre será la fecha definitiva, toda vez que el SAT dio a conocer un plan de trabajo para el cumplimiento de la entrada en vigor del nuevo esquema de cancelación.
El plan de trabajo consiste en especificar los tiempos y las actividades que deben cumplir el SAT, los PAC, los desarrolladores y los contribuyentes, para así alinear los procedimientos con miras al cumplimiento de las disposiciones fiscales en materia de cancelación de los CFDI. A continuación, se muestra dicho plan de trabajo: