Por fin en vigor la cancelación del CFDI

Ya está disponible en la página del SAT el nuevo procedimiento aplicable

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Comenzó el nuevo procedimiento para la cancelación del CFDI, por ello aquellos contribuyentes que lo deban realizar pueden utilizar la plataforma diseñada por el SAT y disponible en su página, o en su defecto, la de su PAC.

En el caso del SAT, su sitio muestra lo siguiente:

Las nuevas columnas que podrán visualizarse son.

Estatus de la cancelación.

  • con aceptación
  • sin aceptación
.
 .  (Foto: IDC)

Además, debe visualizarse.

Estatus del proceso de cancelación.

  • cancelado con aceptación
  • solicitud rechazada
  • plazo vencido
.
 .  (Foto: IDC)


También aparece la fecha en que se acepta o rechaza la solicitud de cancelación.

De ahí que es importante que los contribuyentes que utilicen los servicios de un PAC verifiquen si este tiene habilitado el proceso; y en caso de que no sea así, lo procedente es utilizar el dela página del SAT.