Comenzó el nuevo procedimiento para la cancelación del CFDI, por ello aquellos contribuyentes que lo deban realizar pueden utilizar la plataforma diseñada por el SAT y disponible en su página, o en su defecto, la de su PAC.
En el caso del SAT, su sitio muestra lo siguiente:
Las nuevas columnas que podrán visualizarse son.
Estatus de la cancelación.
- con aceptación
- sin aceptación
Además, debe visualizarse.
Estatus del proceso de cancelación.
- cancelado con aceptación
- solicitud rechazada
- plazo vencido
También aparece la fecha en que se acepta o rechaza la solicitud de cancelación.
De ahí que es importante que los contribuyentes que utilicen los servicios de un PAC verifiquen si este tiene habilitado el proceso; y en caso de que no sea así, lo procedente es utilizar el dela página del SAT.