El 22 de octubre de 2018 se publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos de las Administraciones Generales de Auditoría Fiscal Federal, de Auditoría de Comercio Exterior, de Grandes Contribuyentes y de Hidrocarburos del SAT. En vigor a partir del 1o. noviembre de 2018.
A continuación, se comentan las más destacadas:
Servidor público |
Atribución |
Administrador General de Auditoría Fiscal Federal, administradores centrales de Operación de la Fiscalización Nacional, de Análisis Técnico Fiscal, de Planeación y Programación de Auditoría Fiscal Federal, de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal, de Fiscalización Estratégica, de Devoluciones y Compensaciones; así como en los coordinadores, administradores y subadministradores que de ellos dependan, y en los administradores y subadministradores desconcentrados de Auditoría Fiscal Federal |
Llevar a cabo todos los actos y procedimientos de presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales Ordenar y practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relativas a la operación de las máquinas, sistemas, registros electrónicos y de controles volumétricos, que estén obligados a llevar conforme lo establecen las disposiciones tributarias Ordenar y practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el número de operaciones que deban ser registradas como ingresos y, en su caso, el valor de los actos o actividades, el monto de cada una de ellas, así como la fecha y hora en que se realizaron, durante el periodo de tiempo que dure la verificación, y Realizar las acciones necesarias para auxiliarse de terceros que presten servicios para la toma de muestras o para el análisis, identificación o cuantificación de bienes o mercancías de difícil identificación o manejo, conforme al procedimiento establecido en el artículo 53-D del CFF |
Administrador General de Grandes Contribuyentes; administradores centrales de Fiscalización al Sector Financiero, de Fiscalización a Grupos de Sociedades, de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos, de Fiscalización Internacional, de Fiscalización de Precios de Transferencia, así como en los administradores y subadministradores que de ellos dependan, respecto de las entidades y sujetos comprendidos en el Apartado B del artículo 28 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (RISAT), así como respecto de las personas morales integradas e integradoras del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades; y de las sociedades controladas y controladoras del Régimen de Consolidación Fiscal a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 |
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Administrador General de Hidrocarburos; administradores centrales de Verificación de Hidrocarburos y de Fiscalización de Hidrocarburos, así como en los administradores y subadministradores que de ellos dependan, respecto de los sujetos y entidades comprendidos en el apartado B del artículo 30 del RISAT, así como de los sujetos y entidades comprendidos en el Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos de la Administración General de Hidrocarburos del SAT, publicado en el DOF el 14 de marzo de 2018 |
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Administrador General de Hidrocarburos, en el Administrador Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, así como en los administradores y subadministradores de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos que de él dependan |
Resolver las solicitudes de autorización a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B del CFF, así como amonestar, revocar, dejar sin efectos, renovar o dar a conocer la pérdida de la vigencia de dichas autorizaciones |
Los servidores públicos del SAT podrán seguir ejerciendo las facultades que les correspondan conforme al Reglamento Interior de dicho órgano administrativo desconcentrado, a los Acuerdos publicados en el DOF el 23 de junio de 2016, 5 de septiembre de 2017; 8 de noviembre de 2017, 14 de marzo de 2018, 11 de abril de 2018, y 30 de abril de 2018, sin perjuicio de las facultades que se delegan en los términos descritos.