El 31 de diciembre de 2018 se publicó en el DOF el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte”, el cual contempla beneficios fiscales en materia de ISR e IVA para los contribuyentes con domicilio fiscal o sucursales ubicadas dentro de la franja fronteriza norte del país.
LEE: FRONTERA NORTE CON BENEFICIOS FISCALES
Los municipios beneficiados son los siguientes:
Baja California
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Sonora
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Chihuahua
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Coahuila
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Nuevo León
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Tamaulipas
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Ensenada
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San Luis Río Colorado
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Janos
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Ocampo
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Anáhuac
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Nuevo Laredo
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Playa de Rosario
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Puerto Peñasco
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Ascensión
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Acuña
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Guerrero
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Tijuana
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General Plutarco Elías Calles
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Juárez
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Zaragoza
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Mier
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Mexicali
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Caborca
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Praxedis G. Guerrero
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Jiménez
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Miguel Alemán
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Altar
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Guadalupe
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Piedras negras
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Camargo
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Sáric
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Coyamel del Sotol
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Nava
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Gustavo Díaz Ordaz
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Nogales
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Ojinaga
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Guerrero
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Reynosa
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Santa Cruz
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Manuel Benavides
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Hidalgo
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Río Bravo
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Cananea
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Valle Hermoso
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Naco
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Matamoros
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Agua Prieta
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El decreto mencionado, hace referencia a que los contribuyentes que quieran aplicar el estímulo deben cumplir con las reglas de carácter general que emita la autoridad hacendaria. Dichas reglas salieron a la luz en el proyecto de la sexta resolución de modificaciones a la RMISC para 2018 publicado en el portal del SAT el 7 de enero de 2018.
Una de las condicionantes principales para aplicar el decreto es que el contribuyente debe estar empadronado ante el SAT; a continuación, se dan a conocer los avisos a presentar para cumplir con este requisito:
Trámite
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Nombre
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Efectos
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Fecha de presentación
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1/DEC-10
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“Aviso para inscribirse en el Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte"
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3/DEC-10
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“Aclaración para desvirtuar la causa por la que se dejó sin efectos el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”
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Desvirtuar inconsistencias detectadas por la autoridad
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Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en el que se haya dejado sin efectos el aviso
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2/DEC-10
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“Aviso para darse de baja del Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”
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Baja del padrón
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A más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en que dejen de ejercer la opción
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4/DEC-10
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“Aviso para aplicar el estímulo fiscal de IVA en la región fronteriza norte”
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Aplicación del estímulo
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A más tardar el 7 de febrero del 2019.
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5/DEC-10
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“Aviso para dar de baja el estímulo fiscal de IVA en la región fronteriza norte”
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Baja del estímulo
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A más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en que dejen de ejercer la opción
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6/DEC-10
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“Informe al programa de verificación en tiempo real para contribuyentes de la región fronteriza norte”
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Informar al programa de verificación
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A más tardar 30 días después de que haya concluido cada semestre del año
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