Deducción inmediata, ¿vigente en 2019?

Importante beneficio fiscal con el cual se anticipa la deducción de inversiones en activos fijos nuevos

 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Antonio Castillo

A partir del ejercicio de 2019 deja de aplicarse el beneficio fiscal de la deducción inmediata, pues la última versión fue otorgada por el ejecutivo federal el 18 de enero de 2017 a través del “Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo para las micro y pequeñas empresas” (Decreto), que estuvo vigente durante los ejercicio 2017 y 2018 (artículo cuarto).

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A quiénes fue dirigido

Esta prebenda se otorgó a las personas morales del régimen general del título II de la LISR, así como a las personas físicas que realicen actividades empresariales del Título IV, Capítulo II, Sección I de la LISR, en ambos casos, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior de que se trate, fueran de hasta por 100 millones de pesos.

 

¿En qué consistía la deducción inmediata?

Permitía a los contribuyentes beneficiados, la opción de deducir de manera acelerada sus inversiones en activos fijos nuevos, en lugar de aplicar los porcentajes previstos en los artículos 34 y 35 de la LISR.

Así,  para citar un caso, los contribuyentes dedicados a la industria de la construcción,  para la deducción de sus activos fijos nuevos podrían elegir entre:

  • aplicar la una tasa anual del 25 % de depreciación), por lo que una inversión se deduce durante cuatro ejercicios (artículo 35, fracción XI, LISR),
  • optar por la deducción inmediata, aplicando los porcentajes previstos en el inciso k), fracción II, del artículo primero del decreto como sigue:
    • 93 %, para activos nuevos adquiridos durante 2017, o
    • 87% para activos nuevos adquiridos durante 2018

 Sin duda que el estímulo fiscal de la deducción inmediata fue un beneficio muy importante que incidió en la base gravable de las empresas, que incluso eventualmente podría generar una pérdida fiscal, amortizable en ejercicios posteriores, reduciendo o difiriendo el pago de ISR; situación que permitía una reinversión de sus recursos en el fomento o incremento su productividad.

 

Escenario 2019

Al no haber sido renovado o prorrogado el beneficio de la deducción inmediata para el ejercicio 2019, los contribuyentes deberán determinar la deducción de sus inversiones aplicando los porcientos establecidos en los artículos 34 y 35 citados.

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