MIE 12/02
TDC 20.5680
VIE 10/01
INPC 138.343
LUN 10/02
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Conozca los cambios principales que sufrieron algunos de los anexos de este documento
El 21 de agosto de 2019, se publicó en el DOF varios ajustes a algunos de los anexos de la RMISC 2019, entre los cambios principales, están los siguientes:
Anexo 3 Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales | Se añaden los criterios:
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Anexo 6 Catálogo de actividades económicas | Se añaden las siguientes actividades:
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Anexo 7 Criterios normativos | Modificación en la fundamentación del criterio 24/IVA/N “Saldos a favor del IVA. El remanente de un saldo a favor, si este último previamente se acreditó contra un pago posterior a la declaración en la que se determinó, debe seguirse acreditando hasta agotarlo” |
Anexo 11 Catálogo de claves | Sin cambios sustanciales |
Anexo 14 Lista de donatarias autorizadas | Se dan a conocer las autorizaciones, revocaciones, actualizaciones y rectificaciones para recibir donativos deducibles de ISR |
Anexo 15 Tarifas para la determinación del ISAN 2019 | Se actualizan los códigos de claves vehiculares Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) |
Anexo 23 Ubicación de las unidades administrativas del SAT | Sin cambios sustanciales |
Anexo 24 Contabilidad en medios electrónicos | Ajuste del catálogo de cuentas, respecto a los ingresos de la zona fronteriza norte (estímulo fiscal) |
Anexo 30 Controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos | Ajustes en materia de requerimientos de los sistemas de medición y almacenamiento de información respecto a los controles volumétricos de hidrocarburos |
Anexo 31 servicios de verificación de programas informáticos para controles volumétricos | En lo general sin cambios sustanciales |
Anexo 32 Dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero | En lo general sin cambios sustanciales |
No hay que olvidar que con la publicación en el DOF de la primera resolución de modificaciones a la RMISC 2019 del 20 de agosto de 2019, se dio a conocer el Anexo 1-A, el cual prevé algunos ajustes a los trámites fiscales, siendo el más destacable, la derogación de las fichas de trámite 135/ISR y 136/ISR, referentes al aplicativo de subcontratación.