Cuándo emitir el complemento “Carta Porte“
¿Debe expedirse el complemento con un CFDI de ingresos o de traslado?
Fiscal Contable
Con la entrada en vigor del complemento de la carta porte -el 1o. de junio de 2021 de manera opcional, y cuyo uso será obligatorio, 120 días naturales después-, entre los contribuyentes ha surgido la interrogante si este debe emitirse con un CFDI de ingresos, de traslado o en ambos.
Con el ánimo de aclarar esta situación, en el “Minisitio informativo de la Carta porte” disponible en la página del SAT, la autoridad dio a conocer lo siguiente:
Sector |
Cuando se emite con el CFDI de ingresos |
Cuando se emite con el CFDI de traslado |
Autotransporte federal |
Cuando los contribuyentes dedicados al servicio de autotransporte presten el servicio de trasladado de las mercancías por carreteras federales |
Cuando el propietario de la mercancía por su propios medios traslada la mercancía por carreteras federales |
Transporte marítimo |
Cuando los contribuyentes se dediquen al servicio de servicio de transporte marítimo de carga |
Los propietarios de los bienes o mercancías que requieren trasladar su mercancía por vía marítima y lo realiza con sus propios medios |
Transporte aéreo |
Cuando se trate de contribuyentes dedicados a la prestación del servicio de transporte de carga vía aérea |
Los propietarios de los bienes o mercancías que requieren trasladar su mercancía por vía aérea de carga y lo realiza con sus propios medios |
Transporte ferroviario |
Tratándose de concesionarias autorizadas dedicadas al servicio de transporte ferroviario |
Los propietarios de los bienes o mercancías que requieren trasladar su mercancía por vía férrea de carga y lo realiza con sus propios medios |
Como se observa en todos los casos, el complemento de carta porte se emite con el CFDI de ingresos cuando la mercancía se traslada por un tercero; en caso que se transporte la mercancía con medios propios deberá emitirse el CFDI de traslado con su complemento