Retención de IVA por servicios de subcontratación
Subcontratación ilegal, ¿puede realizarse el acreditamiento?
Fiscal Contable
El decreto publicado en el DOF el 23 de abril de 2021 que restringe el uso de la subcontratación laboral prevé un ajuste en el artículo 12 de la LFT para establecer que queda prohibida la subcontratación de personal, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
No obstante, el numeral 13 del mismo ordenamiento permite la subcontratación de servicios especializados que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de esto, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público de la STPS.
En materia de IVA uno de los principales ajustes es la derogación de la fracción IV del artículo 1-A, que prevé la retención del 6 % de este tipo de operaciones.
Sin embargo, se debe considerar que existen momentos diferentes de la entrada en vigor del decreto, toda vez que el artículo primero transitorio del decreto mencionado indica que los ajustes en materia laboral entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, es decir el 24 de abril de 2021, pero lo dispuesto en materia fiscal entrarían en vigor en primera instancia el 1o. de agosto de 2021; pero, con el decreto publicado el 31 de julio de 2021 en el DOF, el plazo para la entrada en vigor de la modificación a la LIVA será hasta el próximo 1o. de septiembre.
Esta diversidad de plazos ocasiona que los contratistas ya no puedan prestar servicios de subcontratación de personal generalizado (el especializado es permitido), y en caso de que violente la LFT tendrá las sanciones correspondientes en la materia laboral; sin embargo el ámbito fiscal el contratante podrá seguir aplicando el acreditamiento para efectos de IVA, siempre y cuando se realice la retención del 6 %, toda vez que dicha retención sigue vigente hasta el 31 de agosto de 2021, incluso para aquellas empresas que ya están inscritas en el registro de la STPS.