Creación de una marca y sus efectos fiscales

Ejemplo de la determinación de la deducción por generación de marcas

.
 .  (Foto: iStock)

En el mundo de los negocios el posicionamiento en el mercado de una empresa es vital para la consecución de utilidades, ejemplo de ello son las grandes corporaciones que cuentan con una marca posicionada, que brinda identidad a sus productos o servicios.

Un correcto posicionamiento de una marca puede traer consigo ventajas competitivas, incluso si el producto o servicio es similar a la de la competencia; por ello, con frecuencia se observan campañas publicitarias para incrementar la presencia en el mercado, resaltando los detalles de las marcas.

Existen varias formas de obtener beneficio de una marca: licenciarla o como parte de una franquicia, cuya contraprestación es el pago de regalías (en términos generales corresponde a un gasto de operación deducible para efectos del ISR); y la creación y explotación de la marca como elemento distintivo de los productos o servicios que ofrece una determinada empresa. Ambos supuestos conllevan efectos fiscales.

En el caso particular de la explotación de una marca propia, se requiere realizar erogaciones para su posicionamiento, las cuales deben ser catalogadas como un activo diferido, en términos del numeral 32 de la LISR.  

A continuación, se muestra un ejemplo de cómo determinar sus efectos fiscales:

Una sociedad que tributa en términos del Título II de la LISR desarrolla una marca para sus productos entre el 1o. de enero y el 30 de junio de 2020. En ese periodo se realizaron todas las actividades de investigación, desarrollo, registros legales y demás indispensables para poder utilizarla a partir del 1o. de julio de ese mismo año; de igual forma. se pagaron en ese mismo lapso diversas erogaciones, mismas que se consideran objeto del pago del IVA.

En el mes de diciembre se obtiene un avalúo, pues algunos accionistas estiman la posibilidad de enajenar parte de su participación accionaria.

Para calcular los efectos fiscales del ejercicio 2020, se cuenta con la siguiente información:

Concepto

Importe

Erogaciones en el proceso de investigación

$1,500,000.00

Erogaciones en el proceso de desarrollo

3,000,000.00

Total

4,500,000.00

IVA

675,000.00

Valor de mercado en diciembre 2020

6,000,000.00

Deducción o acreditable

Importe

Monto de la Inversión

$4,500,000.00

ISR: Deducción anual al 15%

337,500.00

IVA: Acreditable

675,000.00

Si desea conocer más referente al régimen fiscal de las marcas, le invitamos consultar nuestra edición digital número 493 de fecha de portada 31 de agosto de 2021.