5 cambios de la segunda modificación de la RMISC 2021

Conozca el recuento de los ajustes realizados por el SAT a este instrumento administrativo

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 .  (Foto: Getty)

Los contribuyentes apenas estaban asimilando las propuestas de la reforma fiscal para el ejercicio 2022 presentadas por ejecutivo federal el pasado 8 de septiembre, cuando se publicó en el DOF del 10 de septiembre de 2021 la “Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus Anexos 1, 15 y 23”.

  Los cambios principales realizados a las reglas de la RMISC son los siguientes:

  • 10.10. “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”. Se señala que las organizaciones civiles y fideicomisos que contaron con autorización para recibir donativos deducibles del ISR y omitieron presentar los informes de transparencia de ejercicios fiscales anteriores a 2020, podrán dar cumplimiento a las obligaciones omitidas, de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 156/ISR “Informe para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, de ejercicios anteriores a 2020”, contenida en el Anexo 1-A
  • 1.39. “Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales”. Se añade a los supuestos que revisa la autoridad para la emisión de la opinión de cumplimiento el que el solicitante que sea deudores de contribuyentes sujetos al procedimiento administrativo de ejecución, hubiere dado cumplimiento a los requerimientos que el SAT les haya hecho, en términos del artículo 160, primer párrafo del CFF
  • 11.10. “ Corrección de situación fiscal a través del pago a plazos”. Se establece la condicionante para los contribuyentes que opten por corregir su situación fiscal mediante el pago a plazos (art. 66 del CFF), de que paguen el 20 % del monto total de la contribución omitida, mediante la presentación de las declaraciones que correspondan y efectúen los pagos en los montos y en las fechas en que se les haya autorizado
  • 7.1.9. “CFDI que podrá acreditar el transporte de mercancías”. Los ajustes fueron de forma en cuanto a la adaptación del CFDI de traslado con el complemento de Carta Porte, algunos cambios fueron:
    • se específica que la regla aplica para mercancías que se trasladen en territorio nacional por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial
    • se puede acreditar el traslado con la representación impresa o digital del CFDI
    • se señala que los contribuyentes dedicados a la transportación pueden emitir un CFDI de ingresos
    • se añade un párrafo que establece que todos los contribuyentes que estén relacionados con el traslado de mercancías deberán expedir, en términos de lo previsto en la regla, el CFDI con complemento “Carta Porte”, de tipo traslado o de tipo ingreso, de acuerdo con su participación en la operación

El transportista podrá cumplir con la obligación de acompañar las mercancías que se transporten con la documentación que acredite su legal estancia y/o tenencia, según se trate de mercancías de procedencia extranjera o nacional, con el CFDI que incluye el complemento “Carta Porte”

  • 5 “Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida”. Básicamente esta regla señala que los asignatarios podrán realizar el pago provisional del derecho por la utilidad compartida, correspondiente al mes de mayo y junio de 2021, hasta en dos parcialidades, y el correspondiente a julio, en una sola exhibición a más tardar el 30 de septiembre de 2021

Si desea conocer más cambios realizados a la RMISC 2021, le invitamos a consultar nuestro boletín 495 que estará a la venta desde el 30 de septiembre de 2021, en donde se profundiza sobre este tópico.