Cuándo los intereses de préstamos están exentos de IVA

Si está pagando intereses y realiza actividades a tasa 0 % o exentas, puede evitar pagar IVA por ellos

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Dentro de la vida económica de las empresas algunas no obtienen el resultado deseado en los ingresos e incluso sufren problemas de liquidez para solventar sus deudas e inversiones, y se ven en la necesidad de solicitar créditos o préstamos a terceros para evitar el cierre de operaciones.

Cuando las partes acuerdan el préstamo suelen determinar el pago de intereses conforme se vaya pagando el principal. Dichos intereses están gravados por la LIVA, sujetos a la tasa genérica (16 %); sin embargo, el artículo 15, fracción X, inciso a) de la ley en mención otorga la salvedad para que dichos intereses sean exentos del impuesto.

Para que el prestatario no pague IVA por los intereses debe realizar una actividad exenta o a tasa cero y utilizar el recurso del préstamo a la misma actividad; de lo contrario, dichos intereses serán sujetos del IVA.

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 .  (Foto: IDC online)

De esta forma es como los contribuyentes que paguen intereses por préstamos relacionados con actos exentos o gravado a tasa 0 % recibidos podrán evitar el pago del IVA.