En las diversas modificaciones efectuadas a las leyes fiscales para el ejercicio 2022, no se contempló ningún cambio en la cuota de IESPS para la enajenación de tabacos labrados; sin embargo, sí se actualizó.
LEE: CUOTA IESPS DE BEBIDAS SABORIZADAS PARA 2022
La cuota del IESPS para los tabacos labrados fundamentada en el artículo 2o., fracción I, inciso C), de la LIESPS, contemplaba que era de $0.5108 por cigarro enajenado o importado.
Sin embargo, derivado de la publicación en el DOF del Acuerdo por el que se actualizan las cuotas que se especifican en materia del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios para 2022, del 23 de diciembre del 2021, la cuota vigente en comento es de $0.5484 por cigarro.
A continuación se reproduce el artículo segundo del Acuerdo citado:
...
ARTÍCULO SEGUNDO.- Conforme al factor de actualización mencionado en el artículo Primero de este Acuerdo, la cuota por cigarro aplicable a tabacos labrados a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso C), segundo párrafo de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que estará vigente a partir del 1 de enero de 2022, es de $0.5484 por cigarro.
...
En consecuencia, cada vez que los contribuyentes realicen una enajenación de cigarros deben considerar la cuota de IESPS de $0.5484 por cigarro, por ello, resulta importante que verifiquen todas sus operaciones relacionadas con este tipo de productos para confirmar que la cuota utilizada es la correcta.