El aplicativo para la presentación de la declaración anual del ejercicio 2021 para personas morales, ya se encuentra disponible en el portal del SAT, con ello se han generado diversas interrogantes respecto a la forma en cómo se debe llenar.
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A raíz de esto el SAT dio a conocer, el 7 de marzo de 2022, un documento con preguntas frecuentes disponible en las que se aclaran diversas dudas respecto a la nómina, ingresos, deducciones y determinación de ISR.
Un problema que se ha generado en las últimas declaraciones anuales es el reconocimiento por el aplicativo de las retenciones realizadas al contribuyente.
Dicha problemática se expone en la pregunta 15 del documento referido:
En el apartado Determinación, en el campo ISR retenido al contribuyente, no se visualiza ningún importe a pesar de que en la pantalla que muestra el aplicativo al dar clic en el botón ver detalle sí veo información declarada en pagos provisionales, ¿qué debo hacer?
Respuesta:
La aplicación toma la información del último período declarado vigente y que el estatus de la declaración esté pagado, ya que esta información es acumulada, por ejemplo, si en el período de diciembre de 2020 no declaraste ningún importe en el campo ISR retenido, deberás presentar la declaración complementaria para corregir esa omisión.
Como se observa esta problemática se deriva por la omisión del contribuyente de registrar las retenciones en el pago provisional de diciembre y la solución es la presentación de la declaración complementaria para subsanar la omisión.