Deducción con pago en parcialidades o diferido

El CFDI que cubre la cantidad total de una operación no siempre es el documento soporte de la deducción cuando el pago se realiza en parcialidades o diferido

Uno de los requisitos fiscales que los contribuyentes deben atender para aplicar sus deducciones autorizadas es contar con el comprobante fiscal que ampare el gasto realizado.

Dentro de las operaciones comerciales, las partes pueden acordar que el pago se realice en ese momento o con posterioridad, ya sea en una exhibición (pago diferido) o en parcialidades; lo cual repercute para la emisión del CFDI al indicar como forma de pago PUE o PPD, respectivamente.

Hay que recordar que a partir del ejercicio 2017 se empezó a realizar la expedición del recibo electrónico de pago (REP) en las operaciones que se liquidan después de acordadas; por ende, el receptor puede contar con varios comprobantes de una operación; es decir, el CFDI por el monto total de la operación y uno o más REP por el o los pagos efectuados los cuales pueden se expedidos dentro del mismo o en posteriores años.

Dentro de las disposiciones fiscales, los artículos 27 y 105 de la LISR regulan los requisitos a cumplir para las deducciones autorizadas de los contribuyentes, en las que se indica contar con el comprobante de la operación; no obstante las fracciones XVIII y VIII respectivamente de los artículos en comento le brindan a los contribuyentes algunas consideraciones para aplicar la deducción, las cuales son:

  • reunir los requisitos en particular de cada deducción al momento de su aplicación o más tardar el último día del ejercicio
  • el comprobante se puede obtener a más tardar el día de la presentación de la declaración, y
  • el CFDI debe estar expedido dentro del ejercicio fiscal en el que se va a deducir

Así las cosas, es preciso indicar que cuando se lleven a cabo operaciones que se pacten con pago en parcialidades o diferido y se efectúe hasta el siguiente periodo o año, el emisor del CFDI no debe sustituirlo siempre que se haya indicado como método de pago PPD y se expedida el REP en el momento de pago debido a que este último es el documento que cumple con las condiciones de las fracciones mencionadas para que el receptor pueda aplicar su deducción y no tener ningún inconveniente con la autoridad.