En la reforma fiscal de 2022 se contempló un nuevo régimen de tributación para las personas morales denominado “Régimen Simplificado de Confianza” (RESICO), aplicables para aquellas que estén únicamente constituidas por personas físicas, cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan de la cantidad de 35 millones de pesos.
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Entre las obligaciones que tienen estos contribuyentes, se encuentra la presentación mensual de pagos provisionales y su declaración anual, la cual debe enviarse a más tardar el 31 de marzo de 2023.
Por ello, es de interés conocer que en la página de Internet del SAT ya está disponible el aplicativo para que estos contribuyentes presenten su declaración anual, según como estén dados de alta.
Aquí se deben llenar las siguientes pestañas:
- Ingresos: en donde deben indicar si tuvieren ingresos exentos o no acumulables
- Deducciones autorizadas: ya se encuentran prellenados los pagos por salarios, en el caso de las inversiones debe indicarse si aplicaron los porcentajes de inversión del Regimen General de ley o conforme el Título VII de la LISR (RESICOS)
- Determinación: Se anotan los campos de la PTU y en caso de las pérdidas fiscales
- Datos adicionales: Si se está obligado a pagar la PTU conforme al tope de la LFT, anotar los datos de la CUFIN, y CUCA
Con ello, a partir de enero de 2023 los contribuyentes objeto de esta nota ya están en posibilidad de presentar su declaración anual.