Como bien se sabe cada uno de las entidades federativas del país tienen sus propios impuestos por recaudar, en este caso de manera específica se trata el impuesto sobre nómina (ISN) del estado de Durango, que sufrió una modificación para este ejercicio fiscal.
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El objeto del ISN son todos aquellos pagos que se hagan en dinero o especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado, prestado dentro del territorio del estado de que se trate, bajo la dirección y dependencia de un patrón, independientemente de la designación que se les otorgue.
Anteriormente, la tasa aplicable era del 2 %; no obstante, con la publicación del 27 de diciembre del 2022, en el periódico oficial de dicho estado, quedó de la siguiente manera:
“ARTICULO 5.
……..
El impuesto se determinará aplicando a la base señalada en el párrafo anterior, la tasa del 3%; para aquellos contribuyentes que cuenten con una plantilla laboral de hasta 10 trabajadores, la tasa aplicable será del 2%. “ (sic)
Entonces para el estado de Durango están vigentes dos tasas: la del 2 y 3 %. Para la determinación de que tasa aplicar se considerará el número de trabajadores que formen la plantilla laboral. Por lo que hace a la mecánica de cálculo y entero no hay cambios, por lo que se debe efectuar el pago a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se causó.