Declaración anual RESICO-PM

Los RESICO-PM deben esperar para presentarla cuando modifiquen información a través de alguna complementaria o en sus CFDI de nómina

La fecha de presentación de la declaración anual del ejercicio 2022 de personas morales es ya en marzo, por lo que la autoridad fiscal ya liberó el aplicativo para su presentación.

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A pesar del poco tiempo que tienen los contribuyentes para presentar su declaración, deben validar que los ingresos y gastos manifestados en sus provisionales estén correctos, de lo contrario tendrán que presentar una declaración complementaria por modificación de obligaciones para realizar las actualizaciones correspondientes; de otra forma, no podrán modificar la información en el aplicativo de la declaración anual.

Si el pagador de impuestos presenta declaraciones complementarias en las determinó una diferencia a cargo debe estar en el entendido de que el sistema tardará en actualizar esa información en un plazo de 48 horas, contado a partir de que se realice el pago. Cuando no se genere una diferencia a pagar el tiempo de espera es de 24 horas.

Si los contribuyentes realizaron alguna modificación referente a los CFDI de nómina, esta información tardará más en actualizarse, por lo que tendrán que esperar dos semanas contadas a partir de la fecha en que se emitió el nuevo comprobante.

Así lo establece en el documento de preguntas frecuentes de la declaración anual de personas morales régimen simplificado de confianza, en específico el cuestionamiento número cuatro.

Si bien, la autoridad ha establecido dichos plazos para que el contribuyente espere a que el sistema actualice la última información presentada, lo cierto es que en la práctica muchas veces no se respetan, por lo que se podría decir que los lapsos mencionados por la autoridad son tentativos.