Primera modificación a la RMISC 2023

Cambios en la regla de declaración de pago de hidrocarburos

El 23 de febrero de 2023 se publicó en el DOF la primera modificación de la RMISC 2023 en el que se contempla la inclusión de una nueva regla la 13.1.

LEE: RMISC 2023

Esta prevé que para los efectos de los artículos 42, primer párrafo, 44, primer párrafo de la LISH, la regla 2.8.3.1. y el artículo Vigésimo Cuarto Transitorio de la RMISC 2023, los asignatarios a que se refieren los citados artículos podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes a diciembre de 2022, a más tardar el 28 de febrero de 2023.

En caso de incumplir con el entero, los asignatarios no podrán aplicar el beneficio y la autoridad fiscal requerirá el pago total de los adeudos.

Si bien esta regla es nueva para el 2023, es una práctica común que la autoridad otorgue esta facilidad tal y como lo hizo durante el ejercicio 2022.