Mediante la primera versión anticipada de la segunda resolución de modificación a la RMISC 2023, el SAT extendió el plazo para la presentación de la DIM hasta el próximo 15 de marzo.
LEE: SAT DA PRÓRROGA PARA DECLARACIONES INFORMATIVAS
Como se sabe están obligadas a presentar la declaración informativa múltiple las personas físicas y morales, así como los fideicomisarios o fideicomitentes que efectúan operaciones a través de fideicomisos que realicen actividades empresariales. En ella se informa a la autoridad, quienes se les retuvo impuestos de ISR o IESPS, en el ejercicio anterior, así como de las operaciones efectuadas a través de fideicomisos y con partes relacionadas.
Como se mencionó esta obligación es anual y se debe presentar a más tardar el 15 de marzo de 2023, a menos de que se trate de la información con partes relacionadas, en cuyo caso se presenta el 15 de mayo del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.
Al seguir vigente dicha obligación, existe la inquietud por parte de los contribuyentes de ¿cuáles son los anexos vigentes que forman parte de la DIM? Según lo publicado en la página del SAT, los anexos son los siguientes:
- 2 "Información de pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS"
- 4 "Retenciones y pagos hechos a residentes en el extranjero"
- 9 "Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero", y
- 10 "Operaciones efectuadas a través de fideicomisos"
Lo anterior en concordancia con la regla 2.8.2.1 de la RMISC 2023, que precisa los medios y especificaciones para la presentación oportuna de dicha declaración; de ser omiso, el contribuyente podría ser acreedor de una multa que va de $1,560.00 a $19,350.00 por cada declaración de conformidad con la fracción I del artículo 82 del CFF.