¿Obligatorio “uso del CFDI” en el complemento de pagos?

Conozca si es procedente que los contribuyentes deban considerar este concepto cuando emiten dicho complemento de pago

CONSULTA NUESTRA GUÍA CFDI 4.0

Frecuentemente los contribuyentes celebran operaciones que por acuerdo no se pagan en ese mismo momento, en cuyo caso, se debe emitir un CFDI con método de pago PPD (pago en parcialidades o diferido), y es necesario la expedición de los complementos de pago conforme a lo dispuesto en las disposiciones fiscales.

Al momento del llenado del complemento de pago existen ciertas interrogantes por parte de los emisores; de manera específica respecto al campo “uso de CFDI”; esto derivado de que en el CFDI de ingreso es un requisito obligatorio que debe contener para darle los efectos fiscales correspondientes, ya sea para la acumulación del ingreso o su respectiva deducción.

Dicho campo también es obligatorio dentro del complemento de recepción de pagos, tal y como el SAT lo dio a conocer en la “Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos”, publicada en su portal, bajo la siguiente especificación:

“Sí, es obligatorio. Cuando se emita un CFDI con complemento para recepción de pagos, en el campo Uso de CFDI se debe registrar la clave “CP01” Pagos. En razón, de que el Uso del CFDI quedó registrado en la factura emitida por el monto total de la operación”. (sic)

Como se observa, es importante que los contribuyentes verifiquen los detalles que poco a poco la propia autoridad va esclareciendo, para que eso les permita  corregir la situación de manera espontánea.