Primera versión anticipada de la 5ta. modificación a la RMISC 2023

Cuándo se debe hacer el pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos

El 26 de junio de 2023, el SAT  publicó en su portal la primero versión anticipada de la quinta resolución de modificaciones a la Resolcuión Miscelánea Fiscal para 2023, en donde reforma la regla 13.1., relativa a la declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos; cambiando su fracción V y adicionando la fracción VI para quedar:

  • el 50 % del derecho por la utilidad compartida de abril de 2023 se deberá pagar a más tardar el 29 de junio de 2023. El 50 % restante se pagará a más tardar el 28 de julio de 2023, y
  • lo relativo a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos de mayo, se pagará a más tardar el 28 de julio de 2023

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La resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer anticipadamente en el portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo, de la RMISC para 2023.