Opinión de cumplimiento, ¿es parte de la contabilidad?

Tiene una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión, por ende, solo debe considerarse para los efectos indicados

Como política empresarial consultamos bimestralmente la opinión de cumplimiento del numeral 32-D del CFF. 

Es necesario incluir este documento dentro de la documentación que se debe conservar durante el plazo del artículo 30 del CFF


Según el artículo 30 del CFF, se establece la obligación de conservar la contabilidad y toda documentación relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

El artículo 28 del CFF en correlación con el 33 del reglamento del CFF, señala cuáles son los documentos e informes que integran la contabilidad, entre los que destacan:

  • registros o asientos contables auxiliares
  • avisos o solicitudes de inscripción al RFC
  • declaraciones
  • estados de cuenta bancarios 
  • acciones, partes sociales y títulos de crédito 
  • documentación relacionada con la contratación de personas físicas que presten servicios personales subordinados
  • documentación relativa a importaciones y exportaciones 
  • documentación e información de los registros de todas las operaciones

Por lo que se refiere a la opinión de cumplimiento, es un reporte emitido por el SAT cuya finalidad es consultar la situación de los contribuyentes en relación con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Dicha opinión se emite tomando en cuenta la situación del contribuyente en los sistemas del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

Tiene una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión, por ende, solo debe considerarse para los efectos indicados.

Bajo ese contexto, la opinión de cumplimiento no constituye un documento que forme parte de la contabilidad del contribuyente, por lo que no le aplica el plazo de resguardo de cinco años. Aunado a ello no existe disposición legal que obligue a exhibirla.