Deducción donativos estatales de personas físicas

Los contribuyentes personas físicas deben verificar que cumplan con los requisitos aplicables

El artículo 151, fracción III, inciso a) de Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece la posibilidad de deducir como gasto personal para las personas físicas los donativos no onerosos ni remunerativos realizados a la federación, entidades federativas, municipios y sus organismos descentralizados.

La cantidad deducible está limitada a un máximo del 7 % de los ingresos acumulables; no obstante, los donativos destinados a la federación, las entidades federativas, los municipios y organismos descentralizados no pueden exceder el 4% de dichos ingresos.

Este porcentaje no se suma al tope de otras deducciones personales de los contribuyentes personas físicas, el cual no puede superar la cantidad resultante entre cinco veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual o el 15 % del total de sus ingresos.

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 .  (Foto: Freepik, Imagen de tonodiaz en Freepik)

Requisitos de los comprobantes

En el caso de los comprobantes que amparen donativos deducibles que expidan la federación, las entidades federativas, los municipios, u organismos descentralizados que tributen conforme al Título III de la presente Ley; los organismos internacionales de los que México sea miembro de pleno derecho, siempre que los fines para los que dichos organismos fueron creados correspondan a las actividades por las que se puede obtener autorización para recibir donativos deducibles de impuestos., inciso a), así como las Comisiones de Derechos Humanos, deben contener el complemento de donatarias, anotando en los campos o atributos denominados "noAutorización" la palabra "Gobierno" y en "fechaAutorización" la fecha de creación de la entidad.

Minisitio de donatarias autorizadas 

No hay que olvidar que desde finales de 2022 en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) está disponible el minisitio Donatarias autorizadas , en donde estas entidades  podrán obtener toda la información respecto a su tratamiento fiscal, como:

  • trámites
    • solicitudes
    • autoridades que pueden acreditar actividades
    • facultades de comprobación
  • obligaciones
    • declaraciones
    • informes
    • otras obligaciones
  • padrón de donatarias
    • directorio
    • donatarias pendientes de publicar en el DOF
    • estadísticos SAT
    • datos abiertos SHCP y SAT
    • transparencia SAT
  • material adicional
    • guías
    • contenido relacionado
    • preguntas frecuentes

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