Ingresos por cuentas bancarias mancomunadas

Conozca si proceden considerar estos como ingresos presuntos cuando el contribuyente no aclara su origen

En la práctica es común que los contribuyentes cuenten con una cuenta bancaria en la cual estén percibiendo ingresos; estos pueden o no ser generados por sus actividades económicas registradas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

De ahí que es importante que todas las actividades por las cuales se incremente el haber patrimonial, se encuentren registradas en el RFC, ya que en caso contrario, los contribuyentes que perciban ingresos en sus cuentas bancarias que no sean aclarados, pueden ser objeto de una presuntiva de ingresos por las autoridades fiscales.

Lo anterior de conformidad con el artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece la facultad de las autoridades fiscales para presumir como ingresos los depósitos observados en las cuentas bancarias del contribuyente, que no correspondan a registros de su contabilidad o aquellos que excedan el importe establecido en el propio precepto ($ 1,804,010.00, cantidad actualizada conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal), cuando el particular no esté inscrito en el RFC, o bien, no esté obligado a llevar la contabilidad.

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 .  (Foto: Freepik, Imagen de fanjianhua en Freepik)

Qué sucede con la cotitularidad y el porcentaje de participación de la cuenta

Cuando se trata de depósitos en una cuenta mancomunada, es decir con dos o más titulares, para determinar el monto que le es atribuible a un contribuyente revisado, se debe acudir al contrato de apertura, ya que en este se establece esa figura y se precisa el porcentaje de participación de cada uno de los cotitulares. Es necesario que los contribuyentes que se encuentren en este supuesto, conserven este contrato, ya que este les permitirá aclarar los depósitos percibidos y los liberará de alguna responsabilidad, al no existir disposición alguna que los obligue  a informar sobre esos depósitos bancarios.

Lo anterior, en concordancia con el precedente de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el rubro: DETERMINACIÓN PRESUNTIVA DE INGRESOS POR DEPÓSITOS BANCARIOS NO ACLARADOS. LA COTITULARIDAD Y PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DE LA CUENTA, PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ES SUSCEPTIBLE DE ACREDITARSE CON EL CONTRATO DE APERTURA. Clave: IX-P-2aS-249.

¿Cuáles son los casos para una presuntiva de ingresos?

Las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes de conformidad con el artículo 55 del CFF, en los siguientes supuestos:

  • cuando exista oposición al ejercicio de las facultades de comprobación u omisión de declaraciones anuales
  • no presenten los libros y registros de contabilidad, la documentación comprobatoria de más del 3 % de alguno de los conceptos de las declaraciones, o no proporcionen los informes relativos al cumplimiento de las disposiciones fiscales
  • se dé alguna de las siguientes irregularidades:
    • omisión del registro de operaciones, ingresos o compras, así como alteración del costo, por más de 3 % sobre los declarados en el ejercicio
    • registro de compras, gastos o servicios no realizados o no recibidos
    • omisión o alteración en el registro de existencias que deban figurar en los inventarios, o registren dichas existencias a precios distintos de los de costo, siempre que en ambos casos, el importe exceda del 3 % del costo de los inventarios
  • incumplan con las obligaciones sobre valuación de inventarios o no lleven el procedimiento de control de los mismos, que establezcan las disposiciones fiscales
  • no se tengan en operación las máquinas registradoras de comprobación fiscal o, los equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal que hubieran autorizado las autoridades fiscales, los destruyan, alteren o impidan darles el propósito para el que fueron instalados
  • se adviertan otras irregularidades en su contabilidad que imposibiliten el conocimiento de sus operaciones, y
  • contribuyentes que enajenen hidrocarburos o petrolíferos

Por lo que es importante que el contribuyente tenga identificados, así como aclarados todos sus depósitos bancarios, para evitar una presuntiva de ingresos por parte de la autoridad fiscal y si es cotitular de una cuenta debe considerar contar con el contrato de apertura para probar su participación y  el porcentaje de esta

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