Ajustes del Código Fiscal de la CDMX

¿Qué cambios trae para los contribuyentes capitalinos?

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 .  (Foto: Pexels, Diseño realizado en Canva con fotografía de Ricky Esquivel de Pexels y elementos de iconsy de Canva y sketchify)

El 26 de diciembre de 2023, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México”.

Los ajustes para el Código Fiscal de la CDMX en su mayoría se tratan de actualización de montos o de cuotas, ajustando estas referencias con la inflación del ejercicio; no obstante, algunos de los cambios son los siguientes:

Modificaciones generales 

Artículo

Cambio

20

En el primer párrafo se añade a las autorizaciones, el requisito de que se debe estar al corriente en el pago de las contribuciones para su otorgamiento

157

A los supuestos de no causación del ISN se agrega las remuneraciones de personas trabajadoras del hogar

474

Se deroga el artículo referente a la sanción económica para las personas que mediante terceros fijen, instalen, ubiquen o modifiquen anuncios de propaganda sin previo pago de los derechos


Actualización de cuotas o montos*

Como cada año por los efectos inflacionarios las cuotas y los montos comprendidos en el CFCDMX se actualizan, en esta ocasión la actualización rondo el 6 %.

Artículo

Partida que se actualiza

58

Dictamen de inmuebles de uso diferente al habitacional, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto, en cualquiera de los bimestres del año, sea superior a $ 35,564,880.00

Dictamen de servicios de hospedaje del artículo 162 del CFCDMX por un monto de ingresos igual o mayor a $ 13,702515.00

113

Actualización de la tarifa del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles

130

Actualización de la tarifa del Impuesto Predial 

161 Bis 7

Ajuste en cantidades para el l Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos

 en el caso de aeronaves nuevas

161, Bis 16

Se actualizan las cuotas para los contribuyentes que se encuentren obligados al pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, cuyo año modelo del vehículo de que se trate sea anterior a 2002

172

Se ajustan diversas la tarifas para los derechos por el suministro de agua

173

Actualización de cuotas para las personas físicas y las morales que usen o aprovechen agua residual o residual tratada que suministre la Ciudad de México en el caso de contar con excedentes

177

Se actualiza el monto para aquellos usuarios que acrediten tener la condición de jubilados, pensionados, adultos mayores, personas con discapacidad, madres jefas de familia, así como las personas que pertenezcan a pueblos y comunidades indígenas, y que acrediten ser propietarios del inmueble, se les podrá levantar la orden de restricción, siempre y cuando el valor catastral del inmueble de uso habitacional no exceda la cantidad de $ 1,255,146.00.

179 y 180

Se actualizan las cuotas de los servicios de prevención y control de la contaminación ambiental

181

Ajuste de cuotas de e los servicios de construcción y operación hidráulica

183, 185, 189, 190, 191, 192, 193 y 194

Ajuste de cuotas de e los servicios de expedición de licencias

196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 204, 207, 208, 210, 211, 212 y 214

Actualización de cuotas del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, y del Archivo General de Notarías

216, 217 y 218

Actualización de cuotas del Registro Civil

219, 220, 222, 223, 224, 225, 228, 229, 230 y 231

Ajuste de cuotas de derechos por servicios de control vehicular

233, 234 y 235

Actualización de cuotas de los servicios de alineamiento y señalamiento de número oficial y de expedición de constancias de zonificación y de uso de inmuebles

236

Ajuste en la cuota por el otorgamiento de concesiones para el uso o goce de inmuebles del dominio público de la Ciudad de México. Se pagará anualmente, por cada uno, el derecho de concesión de inmuebles conforme a una cuota de $ 1,698.00

237

Actualización de los derechos por servicios de almacenaje

238

Actualización de los derechos por servicio de publicaciones

243

Ajuste en cuotas de los derechos por los servicios de recolección y recepción de residuos sólidos

245, 246 y 247

Derechos por el control de los servicios privados de seguridad

248, 249, 249 Bis, 249 Quater, 249 Quintus

Derechos por la prestación de otros servicios

250, 251 y 252

Derechos por servicio de información y cartografía catastral

253, 254 y 255

Actualización en las cuotas de autorizaciones y certificaciones en relación al turismo alternativo, árboles y venta de mascotas

256, 257 y 257 Bis

Derechos por la prestación de servicios de protección ciudadana

258 Bis

Derechos por la prestación de servicios en materia de protección civil para la Ciudad de México

259

Derechos por el estacionamiento de vehículos

264

Derechos por el uso o aprovechamiento de Inmuebles

265

Derechos de descarga a la red de drenaje

269

Derechos por el uso de la vía pública

270, 274, 275 Bis, 275 Ter, 281 y 283, 

Ajuste en los montos de las reducciones

300, 301, 301 Bis, 302

Actualización del monto de los aprovechamientos de personas físicas y morales que realicen construcciones en la CDMX

304

Ajuste en el pago trimestral para los comerciantes en vía pública, con puestos semifijos, ubicados a más de 200 metros de los mercados públicos

305

Actualización de diversas cuotas por aprovechamientos por la utilización de bienes de uso común (semestralmente)

306

Aprovechamientos para concesionarios, permisionarios y otros prestadores del servicio de transporte público de pasajeros autorizados a ingresar a paraderos

373

Ajuste en los gastos de ejecución cuando sea necesario emplear el procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivo un crédito fiscal

399

Actualización en el monto del valor de los inmuebles para rematar, en caso de publicación de la convocatoria en periódicos de mayor circulación en la CDMX

464, 465, 466, 467, 468, 469, 474, 475, 478, 479, 480 y 482

Ajuste en los montos de las multas por infracciones y sanciones relacionadas con los padrones de contribuyentes


Transitorios

Las disposiciones transitorias más relevantes del Código Fiscal de la CDMX son:

  • Primero. La entrada en vigor es a partir del 1o. de enero de 2024
  • Quinto. la Jefatura de Gobierno deberá emitir a más tardar el 19 de enero, el programa general de subsidios al Impuesto Predial a que se refiere el artículo 130 del código, tratándose de inmuebles de uso habitacional
  • Sexto. Para el ejercicio fiscal 2024, se aplicará una reducción equivalente al 50 % del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles previsto en el Libro Primero, Título Tercero, Capítulo I del Código Fiscal de la Ciudad de México, únicamente en caso de que la adquisición se derive de una sucesión por herencia, siempre y cuando se actualice alguno de los supuestos previstos en el párrafo tercero, de la fracción I, del artículo 115 del CFCDMX
  • Noveno. A más tardar el 19 de enero de 2024, se emitirá el “Acuerdo de Carácter General de Subsidio al Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos” con el subsidio del 100 %, siempre y cuando el valor del vehículo no excede de $ 250,000.00 y se cumpla con las condiciones del acuerdo
  • Décimo Tercero. Se otorgará una condonación en el pago de los “Derechos por el Suministro de Agua” a partir del año 2019, a los usuarios de uso doméstico o uso doméstico y no doméstico simultáneamente (mixto), así como a los mercados y concentraciones públicas que hayan recibido el suministro de agua y que este haya sido insuficiente para satisfacer las necesidades básicas del usuario