Contratista sin REPSE

Los contribuyentes pueden ser acreedores a sanciones por esto

La empresa quiere subcontratar en el ejercicio 2024 los servicios especializados de una contratista que no cuenta con el REPSE,

cuáles son las implicaciones fiscales de esto


Efecto contratista

Efecto en contratante

Fundamento

Independientemente de que el contratante no pueda aplicar la deducción, se debe acumular el ingreso correspondiente

Pérdida de deducibilidad

Arts. 27, fracción V de la LISR y 15-D,  CFF

Independientemente de que el contratante no pueda aplicar el acreditamiento del IVA, debe considerarlo trasladado para enterar el impuesto

No acreditamiento del IVA del gasto

Arts. 5, fracción II de la LIVA y 15-D, CFF


Responsable solidario por las contribuciones que se hubieran causado a cargo de los trabajadores

Art. 26, fracción XVI del CFF

Se realiza la connotación de “calificado” a los delitos de defraudación fiscal en los que se haya utilizado esquemas simulados de prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, o realice la subcontratación de personal

Se realiza la connotación de “calificado” a los delitos de defraudación fiscal en los que se haya utilizado esquemas simulados de prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, o realice la subcontratación de personal

Art. 108, inciso i),  CFF

Multa por no cumplir con la obligación de entregar a al contratante la información y documentación a que se refieren los artículos 27, fracción V, tercer párrafo de la LISR y 5o., fracción II, segundo párrafo de la LIVA. La multa va desde $ 173,610.00 a $ 347,220.00 por cada documento que no entregue


Arts. 81, fracción XLV y 82, fracción XLI, CFF